MIRADOR
¡Justicia indígena!
No estoy en contra de un sistema consuetudinario de justicia. Si se cree en la descentralización político-administrativa —y yo creo en ella— se debe ser consecuente y no desechar esto otro que también es autogestión.
La discusión —equivocada y persistente a mi entender— se ha focalizado en incluir, sin mayor explicación, el “derecho a la justicia indígena” en la reforma constitucional que se prevé realizar. Dicho así, sin precisión, es abrir una puerta a lo desconocido, pero también a lo incierto. Hay que escuchar el detalle de esa reforma: cuáles son los supuestos que castigaría y cómo serían las penas/castigos previstos y la forma de administrarlos. No hay nada pormenorizado que pueda evaluarse de una propuesta que permite la discrecionalidad del ponente en todo aquello que interese a algún sector o en determinado momento.
No es adecuado tampoco hablar de “justicia” sino más bien de “justicias”, habida cuenta de que hay una diversidad de pueblos —pluriculturalidad— que no tienen idéntica forma histórico-cultural de solucionar diferendos. El proyecto parece tener como objetivo añadir algo indefinido en la Constitución para posteriormente —una vez “el pie en la puerta”— desarrollar un plan acomodado para aplicar una justicia propia y excluyente, elemento unificador de una idea que se viene consolidando: el exclusivista indigenismo maya.
Es fácil caer en la demagogia, y en este caso pareciera estar ocurriendo. Hablar de incluir tal o cual modificación constitucional debería suponer para el legislador, pero sobre todo para el votante, conocer con precisión qué es lo que se quiere hacer y cuál es el alcance de su implementación. No vale pedir un cheque en blanco para que, tal y como ocurre ahora, tengamos azotados en la plaza del pueblo, desnudos que pasean su penitencia, costales con piedrín cargados por penados o personas sometidas a vergüenza pública, prácticas propias de la Edad Media con las que “el vulgo” se distraía, pero muy distantes de los derechos humanos que comunidades y organismos internacionales reclaman. ¡Dese una vuelta por Youtube y verá la variedad filmográfica existente!
Si los ancestros dejaron ese legado, es fácil compilarlo y darlo a conocer para que se pueda evaluar y, si procede, adoptar un sistema de pluralidad jurídica, no monolítica. De momento, lo que subyace es un reclamo impreciso y confuso en el que todo cabe.
En un país en el que se debate aplicar la pena de muerte con muchos sectores en contra —algo legítimo—, no se escucha, sin embargo, solicitar con igual intensidad claridad en los castigos de “las justicias indígenas” y, sobre todo y más importante, condenar contundentemente formas de penalizar que conllevan violencia física —como los azotes—, cuando no la degradación humana. ¡Absurda incongruencia que impide abordar el debate con la seriedad requerida!
Superar prácticas deleznables, humillantes y arcaicas ha costado siglos a la humanidad. Hoy existe un marco suficiente de protección y garantía de derechos humanos que, curiosamente, quieren capitalizar grupos que actúan paradójicamente de forma inconsistente. De esa cuenta, es preciso que la ciudadanía conozca, antes de decidir, qué “costo” tiene que asumir en materia de derechos humanos, al implementar “las justicias indígenas”. Otros aspectos cuestionados de forma vaga son: a quiénes se aplicaría, con qué criterio, en qué lugar o territorito el conflicto de jurisdicción y diferentes temas “menores”, especialmente si se relacionan con el principal por debatir: el ser humano y sus inalienables derechos.
¡Entrémosle al tema, pero seriamente!
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