Editorial
Reglas para emisores y usuarios de tarjetas
La Ley establece que los emisores de tarjetas implementen campañas de educación financiera y uso racional del crédito.
Son innegables los reportes y denuncias de cobros agresivos de tarjetas de créditos, llamadas agobiantes, saldos crecientes debido a la inclusión de cargos adicionales por servicios e intereses sobre intereses, situaciones que no abarcan a todos los emisores de tal medio de pago pero sí a algunos que se aprovechaban de la ausencia de una norma específica.
También es innegable la utilidad de las tarjetas de crédito, que permiten acceder a bienes y servicios mediante cuotas, solventar una emergencia médica o una eventualidad familiar, así como efectuar consumos en línea o en otros países, según el monto límite y con un tipo de interés que debería ser de conocimiento del usuario. Y allí radica quizá una primera pregunta para quien posee esta forma de pago: ¿Sabe usted qué porcentaje mensual y anual es el que le brinda su emisor? ¿Cuáles son los costos implícitos como membresía, seguro por robo, avisos en tiempo real de consumo, tan solo por mencionar algunos?
Para el usuario de esta modalidad de pago, ya sea una tarjeta plástica o digital, a partir de hoy rige la Ley de Tarjetas de Crédito, aprobada en febrero pasado por el Congreso de la República y que establece una clara comunicación del costo de intereses u otros cargos asociados con este tipo de servicio prestado por una entidad financiera, así como la verificación de la capacidad económica de un usuario, el comedimiento en los métodos de cobro y la posibilidad de establecer planes de pago asequibles con un freno a la acumulación de intereses. Una norma similar en 2016 recibió fuerte oposición, debido a que no fue debidamente consensuada. A diferencia de aquella, la legislación vigente tuvo mayores consensos técnicos y sus efectos serán observables en el corto plazo.
Hasta julio último se calculaba en cuatro millones la cifra de tarjetahabientes, lo cual es reflejo de la importancia de esta opción de pago, su impacto en la actividad económica y su amplia cobertura a escala nacional. Esto no significa que no existan reclamos o quejas, pero toda controversia tendrá ahora una primera opción de ser resuelta entre la persona y el banco, y de no lograrse un acuerdo, habrá una oficina especializada de la Dirección de Atención al Consumidor (Diaco).
Es necesario decir que nadie obliga a una persona a tomar por la fuerza una tarjeta de crédito, aunque han existido ciertas campañas de llamadas telefónicas y correos electrónicos que ofrecen con generosidad y solo con el número de DPI el otorgamiento de este documento. A menudo, estas convocatorias ofrecen servicio gratuito —a veces con un plazo perentorio—, tasas de interés favorables para ciertos negocios e incluso retornos de efectivo, así como sorteos de dinero digital o condonaciones totales de deuda para unos cuantos afortunados. Suena tentador y algunas personas sucumben ante tales dadivosidades, con lo cual terminan con un adeudo voluminoso, pues no todas tienen la capacidad de gestionar su presupuesto con eficiencia.
La Ley establece que los emisores de tarjetas implementen campañas de educación financiera y uso racional del crédito. Pero se trata de una materia que debería impartirse en las escuelas. La publicidad y el mercadeo buscan vender soluciones, bienes, artículos, objetos, conceptos de consumo y con frecuencia apelan a razones, pero también a emociones; sin embargo, la responsabilidad y la decisión son personales. Las tarjetas de crédito venden anticipación para adquirir algo y eso tiene un costo organizacional. Además, en esta vida nada es gratis, excepto el aire, la lluvia y el sol… todavía.