EDITORIAL
Adulterar plazo de CSJ sería ilegal y pernicioso
La CC debe dar el ejemplo de respeto y coherencia institucional.
Solo cuando la derrota estaba cantada estentóreamente por la voz de la ciudadanía en las urnas para una alianza oficialista languidescente que fracasó en su intento continuista se produjo una súbita orden de la Corte de Constitucionalidad: proceder a la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y salas de Apelaciones, relegada cuatro años por la susodicha alianza oficialista del Congreso. Ni durante la presidencia de Allan Rodríguez ni en casi los dos períodos de Shirley Rivera, hoy dos silenciosos diputados rasos del partido Vamos —ahora de oposición— se hizo el mínimo esfuerzo por designar las cortes. Fue obvio el confort y la confluencia de intereses con la CSJ designada en 2014, con nocturnidad y alevosía, por el contubernio de los extintos y nefastos partidos Patriota y Líder.
La CC le ordenó taxativamente al Congreso, en noviembre de 2023, elegir a los magistrados del OJ. Dicha elección, que debió hacerse en 2019, quedó suspendida “gracias” a las mafiosadas de operadores y traficantes de favores que negociaban nombres con ciertos diputados, ciertos postuladores, ciertos magistrados y varios abogados mandaderos. Esto condujo a una suspensión del proceso, a pedido de la fiscal general, Consuelo Porras, a lo cual siguió una revisión y depuración de las listas de aspirantes a ser electos o reelectos, así como la orden de expresar de viva voz el voto, lo cual fue usado como excusa de la ralentización del proceso.
En abril de 2020, la legislatura anterior ya podía elegir magistrados, pero no lo hizo, ni siquiera al regresar de la suspensión por la pandemia. También en todo el 2021, el 2022 y el 2023 parecía ir en el mismo rumbo hasta que la CC emitió la resolución en la cual claramente detalla que dichos magistrados finalizarán su período en octubre de 2024.
Precisamente ese detalle se vuelve crucial ahora que un par de abogados presentaron sendos recursos en la CC para frenar el actual proceso de postulación y elección ya convocado. Dichos togados son de bajo perfil mediático y uno de ellos tiene nexos con el anterior partido oficial, Vamos, pues fue fiscal de mesa electoral. Eso no es un impedimento, pero sí un dato interesante de contexto.
A la luz de su fallo en noviembre del año pasado, la CC debió rechazar in limine tales recursos, pero los admitió para trámite. No obstante, ello no mueve un ápice la fecha del 12 de octubre de 2024 como plazo perentorio para los magistrados electos y juramentados en diciembre de 2023. Pudieron ser electos en 2020, 21 o 22, pero su período igual termina en la misma fecha. Existen precedentes judiciales e institucionales del carácter inamovible de los períodos de ciertos cargos. Suficiente anomalía fue la CSJ que duró casi una década en el cargo y suficientes los estragos cometidos por varios de sus integrantes ya en período extempóraneo como para seguir estirando plazos al gusto, capricho, antojo, conveniencia o disparate de mandones o mandaderos.
La CC, que acarrea suficientes desgastes y contradicciones, ya no tiene espacio para favoritismos o discrecionalidades. Son de sobra conocidos los vínculos de varios de sus integrantes, sus patrocinadores de nombramiento y sus patrones de voto. Es simplemente inviable avalar cualquier intento de ruptura del plazo fijado para la CSJ y su fallo lo debe dejar muy claro para que pueda proseguir, con total certeza jurídica, el proceso de nominación de magistrados, a fin de que asuman en tiempo el 13 de octubre próximo y finalicen el 12 de octubre de 2029. Admitir a trámite, dos veces, lo que debió ser rechazado de entrada ya es un desacierto. La CC debe dar el ejemplo de respeto y coherencia institucional.