La buena noticia
Religión de fachada
El culto que se tributa a Dios beneficia primariamente a quienes lo practican.
Los comisionados responsables de seleccionar a los candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de las salas de Apelaciones confrontaron el problema de crear criterios para juzgar su “honorabilidad”. Definieron que el concepto se aplica a todo aquel que no haya sido sentenciado en un juicio. Desde luego, la honorabilidad no consiste en carecer de antecedentes penales. Pero la decisión muestra lo difícil que resulta tener criterios objetivos para juzgar el buen nombre de una persona.
La religión es un recurso a la mano para crearse honorabilidad sin fundamento.
La honorabilidad es la buena fama de que alguien goza debido a la cualidad moral de sus acciones, a la rectitud de sus obras, al prestigio de su incidencia social. Uno puede pretender crearse buena fama sin tener cualidad moral y fabricarse prestigio sin haber ejercido incidencia positiva en la sociedad. La religión es un recurso a la mano para crearse honorabilidad sin fundamento. Videos de políticos cargando en una procesión o participando en un culto son medios conocidos para fabricar honorabilidad de fachada. Hay personajes públicos que no solo de modo coyuntural pretenden blanquear su biografía, sino también hay quienes sistemáticamente usan la práctica religiosa como pantalla que oculta una trayectoria deshonorable. Pero tampoco podemos pensar que, si de un funcionario público se trata, la práctica religiosa es siempre fachada. En otros tiempos y latitudes ha habido políticos canonizados como santo Tomás Moro y fallecidos más recientemente en fama de santidad como Alcide de Gasperi.
La práctica religiosa de fachada no es exclusiva de los políticos. Tanto los profetas del Antiguo Testamento como Jesucristo en el Nuevo la censuran ampliamente. Los ritos son de fácil cumplimiento: una peregrinación a Esquipulas puede ser un acto sincero de piedad y conversión; pero puede igualmente ser un paseo turístico o algo peor disfrazado de religión. Por eso un hilo temático que recorre la Biblia entera es la exigencia de Dios de que el culto que se le tributa esté sustentado por el esfuerzo moral de parte de los fieles. Si falta ese fundamento, para Jesús el culto es religión hipócrita.
¿Por qué ha de ser la integridad moral el fundamento del culto grato a Dios? Porque Dios ni necesita ni obtiene beneficio del culto que le tributamos. En la tradición religiosa judeocristiana, el culto que se tributa a Dios beneficia primariamente a quienes lo practican. Dios quiere y espera que los hombres creados por Él a su imagen y semejanza empleen la libertad de modo constructivo. Los actos carentes de ética causan destrucción: sea a la persona que los realiza, a su familia o a la sociedad en general. Mentir destruye la confianza; la verdad construye honestidad. El robo socava el derecho de propiedad; el trabajo crea ingresos. La ley moral que permite juzgar la capacidad constructiva o destructiva de las diversas acciones se dilucida a partir de la congruencia de tales acciones con la naturaleza del ámbito o de la realidad en que se realiza la acción. La mentira es inmoral no porque Dios la prohíba en sus mandamientos; Dios prohíbe la mentira porque pervierte la función del lenguaje con el que Él ha dotado a los humanos. El adulterio no es pecado porque haya un mandamiento que lo prohíba; Dios lo prohibió porque destruye la familia como fundamento de la sociedad. Dios mismo se remite a su creación, a la naturaleza de las cosas para determinar qué acciones construyen y cuáles destruyen. Es posible establecer criterios objetivos para reconocer y valorar la honorabilidad de los candidatos a magistrados, pero requiere imparcialidad e independencia de juicio, cualidades de las que solo algunos miembros de las comisiones pueden presumir.