MIRAMUNDO

Procesos sin defensa

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El proceso es el medio por el cual se aplica la ley por un juez. Ningún juez pude aplicar alguna norma sin proceso. Los sistemas jurídicos desarrollaron un concepto llamado “debido proceso”, el cual es un derecho universal y reúne todos los elementos necesarios para considerar un proceso justo.

' Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia ajustarán en unos días 4 años de un exceso de su período.

Alejandro Balsells Conde

El debido proceso engloba varios otros derechos, por ejemplo, la igualdad de las partes, la existencia de un juez imparcial, el derecho a la fiscalización de la prueba, pero sobre todo debe permitir la defensa de quien es demandado o denunciado, y esto es todos los ramos de la justicia, es decir, civil, penal, mercantil, laboral, familiar, etc.

En 1982 y 1983 cuando existía un Colegio de Abogados preocupado por el régimen de legalidad y en plena dictadura riosmontista, un Congreso Jurídico celebrado en Antigua Guatemala, señaló a los Tribunales de Fuero Especial como antijurídicos y atentatorios a cualquier noción de derecho.

Estos tribunales funcionaban en la Casa Crema, sede del Ministerio de Defensa, y estaban compuestos por jueces sin rostro. A la fecha se conocen ciertos nombres de “abogados” señalados de ocupar tan deshonroso puesto. Estos tribunales condenaron a muerte a ciertos procesados y jamás permitieron una defensa efectiva. Los abogados defensores vieron frustrados sus esfuerzos cuando estos tribunales, condenaban de entrada, e incluso los Recursos de Amparo intentados ante la Corte Suprema de Justicia de aquel momento, presidida por Ricardo Sagastume Vidaurre, fueron declarados improcedentes, a pesar de no concretarse el “debido proceso”.

Con ese antecedente, nuestra Constitución es clara en señalar: “La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o secretos, ni por procedimientos que no estén preestablecidos legalmente”.

Nuestro sistema judicial se encuentra en caída libre, y en buena parte, es porque no existe dentro del mismo ninguna consecuencia a quien haga más gravosa una defensa. No existe duda, el derecho a la acción, es decir, a demandar o denunciar no puede ser limitado por ley, pero sí debemos exigir que aquellas demandas o denuncias impropias sean desechadas. Sin embargo, dentro del sistema judicial se teje una peligrosa solidaridad gremial, por medio de la cual se producen horrores como los vividos en estos momentos por la Abogada Claudia González, acusada de un delito que solo puede cometerse por funcionarios públicos sin que ella jamás lo fuera, pero Rafael Curruchiche el fiscal consentido de la dueña de Gerona, puede confesar delitos en la televisión y no ocurre nada.

En Guatemala, para los abogados defender a personas molestas al régimen, es delito y para los periodistas, escribir sobre aspectos molestos al régimen, también es delito, pero lo grave es como estos procesos sobre “dichos delitos” se ventilan, tal como lo hace ahora el Juez Jimi Bremer, con el más absoluto desprecio a los derechos constitucionales y negando las defensas más elementales, abusándose de la “reserva” y reviviendo el horroroso “sumario” de épocas pasadas.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia ajustarán en unos días 4 años de un exceso de su período, en total violación constitucional y además han sido quejosos de CICIG, pero entregarán un sistema judicial sin norte, porque un sistema judicial sin consagrar la defensa no es más que un linchamiento, o lo que es peor, una cobardía, como en estos momentos vemos le toca sufrir a Claudia González y tantos otros ante la indiferente mirada de quienes juraron defender la defensa y garantizar la imparcialidad del juzgador, o quizás un nuevo Fuero Especial pero del siglo 21.

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.