Registro akásico

Proceso de postulación defectuoso

Menoscabo de la libertad política de comisionados por personas coludidas con intereses ocultos.

La misión de observación de la OEA sobre el proceso de la postulación de magistrados puede actuar con bastante unidad de criterio. Rosa Celorio es una vicedecana de la Universidad George Washington para Derecho Comparado Internacional. Ha hecho informes sobre feminismo, respeto a los LGBTIQ+, así como contra cualquier forma de discriminación. En sus últimas publicaciones analiza el litigio estratégico por mujeres indígenas. Rodolfo Piza de Rocafort ha militado en el Partido Unidad Social Cristiana de Costa Rica, con estudios superiores en España. Luiz Antonio Guimaräes Marrey, del Partido da Social Democracia Brasileira, ha ocupado cargos en el Ministerio Público de Sao Paulo. Participó en la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad de Honduras. Se espera no asuman criterios interesados de asesores del gobierno o grupos de presión poderosos, con argumentaciones de leguleyos para manipular la postulación.


Los comisionados no colaboran con su conducta. Ejemplo: la discusión de filosofía del derecho sobre el tránsito vial y lejanía de la Universidad Rafael Landívar. Trenzados en disquisiciones sobre la superioridad de acceso al centro cívico pierden el tiempo al discutir el cambio de la sede. Todo para molestar a quienes hicieron el gasto para equipar el área de reuniones. Luego, los comentaristas no oficiales nombran fantasmas actuantes y se esfuerzan en mencionar esquemas corruptos con calumnias, para domesticar al foro. El linchamiento sin pruebas sirve para crear un ambiente de caza de brujas, explicable por los hechizos para discutir asuntos sin importancia, como el señalado sobre la sede o las secretarías. El artículo 6 de la Ley de Comisiones de Postulación ordena elegir un secretario titular y un suplente en la primera sesión. En la ley promulgada existía el sorteo, pues se considera a los integrantes poseedores de las calidades y honradez para desempeñar los cargos. Pero, la pasada Corte de Constitucionalidad declaró al sorteo como inconstitucional.

Rechazo a un acompañamiento si se convierte en maniobras para imponer favoritos.


Igual, esa corte ordenó a los diputados elegir de viva voz a uno por uno de los postulados, previamente entrevistado, para encontrar los requisitos de capacidad, idoneidad, honradez y honorabilidad. Lo de idoneidad sirve en España para despedir ministros, existe un aval de idoneidad para nombrar a fiscales, 55 sentencias para impedir adopciones, y a todo párroco se le pide tal calidad. Antecedente nefasto importado al país. La entelequia sirve de base a objeciones, a vivales fuera de las comisiones y el pleno de diputados, con el objeto de defenestrar a propuestos, sin el agrado de manipuladores. Si no gusta a los influyentes, la acusación típica: falta de idoneidad. Se espera no se repita el expediente de la viva voz, ni nada por el estilo, para generar un rechazo justificado por los diputados y estancar la renovación de los tribunales. La actual Corte de Constitucionalidad, con el método usado en el nudo gordiano, ordenó una votación libre.


Se ha creado un delito inexistente en la legislación penal: el tráfico de influencias. Solo está tipificada la concusión, artículo 449 del Código Penal, cuya circunstancia determinante consiste en probar el ánimo de lucro a cambio de influir en una actuación estatal. Nadie conoce a todos los ciudadanos del país y los abogados no conocen a todos sus colegas. De mala fe se prohíbe preguntar a amigos, otros letrados y mucho menos a los mismos miembros de la comisión de postulación sobre su criterio acerca de un solicitante. No debiera bastar una acusación calumniosa para dictar una prisión provisional.

ESCRITO POR:

Antonio Mosquera Aguilar

Doctor en Dinámica Humana por la Universidad Mariano Gálvez. Asesor jurídico de los refugiados guatemaltecos en México durante el enfrentamiento armado. Profesor de Universidad Regional y Universidad Galileo.