Registro Akásico
Pride o un mundo complejo
Elevar la tolerancia y la comprensión a las diferencias de género ayuda a vivir con honorabilidad.
El artículo 46 del Código Penal establece los establecimientos para privar de libertad a las mujeres. En el pasado, este asunto era sencillo, porque no se hablaba de la identidad de género sino simplemente de una asignación en dos sexos. Esa norma es obsoleta. En efecto, ocurren situaciones de subordinación, donde el abuso y la trata de personas para uso sexual envilecen la dignidad de los detenidos en las cárceles.
La regulación mencionada simplemente señala la separación de las mujeres en establecimientos especiales. También indica la obligación de atender a quienes estuvieren embarazadas, enviándolas a servicios de salud. La consideración de la existencia de diferentes maneras de vivir la sexualidad demanda una nueva regulación legal. Una sociedad libre debe manifestar respeto hacia las conductas de sus miembros, cuando no afectan o molestan la decencia de terceros. En el caso de los privados de libertad, debe garantizarse su seguridad y orgullo, al considerar la existencia de situaciones de debilidad social, cuando manifiestan comportamientos diferentes al promedio.
La expresión de género es la manera de actuar, la apariencia, la vestimenta, los modales de expresarse socialmente, tanto en la comunicación como en la conducta. De allí resultan diferentes maneras de comportamiento, no siempre condicionada por el sexo biológico que obligaría a una orientación esperada socialmente. En estos tiempos se reconocen identidades de género diferentes a las asignadas por el sexo biológico. Los buenistas hablan de una comunidad LGBTIQ+; sin esa afirmación, es obvio que hay una colección de individuos con comportamientos diferentes que merecen respeto.
En política, los prejuicios todavía cuentan y se manifiestan como ultrajes contra determinados personajes. En nuestro caso, la machacona frase: la pareja del expresidente, expresa mucho morbo y revanchismo. Mientras tanto, no se señala a embajadores o a ministros, pues ahora tienen poder, pero seguro lo harán después. Ya se verá.
La legislación se debe actualizar a las realidades de la vida para promover la estima de todo ser humano.
En la vida civil, cada vez existe más tolerancia y abstención de agresiones. Pero, para los privados de libertad, el asunto es diferente; pues, como se anotó, muchas veces se producen subordinaciones de explotación sexual. En algunos países se ha querido de manera expedita resolver el problema, derivando la internación, según declaración previa de la identidad de género. Pero tal expediente no funciona. En agosto del año pasado, en la prisión alicantina de Fontcalent, España, un interno manifestó sentirse mujer y pidió ser llamado con nombre femenino. Se le trasladó al módulo de mujeres; sin embargo, en ese mes había embarazado a otra interna. Por lo que se le devolvió al pabellón masculino.
En nuestro país no se acepta la transición sexual por parte del Registro Nacional de las Personas en el DPI, aunque se permite cambio del nombre. De allí que se siga la clasificación biológica del siglo pasado, siendo ocasión de los males indicados cuando hay arresto o prisión. En el futuro se deberá diversificar los centros de privación de libertad para dar lugar a una clasificación comprensiva por género, con atención a los servicios de salud y la terapia hormonal. También atender la trata de personas en las visitas llamadas conyugales. Muchas veces, sobre todo con menores, es ocasión de la comisión de delitos. El mes pasado se detuvo a 24 guardias penitenciarios por prostituir a adolescentes en tales centros.
No se puede continuar como si nada pasa. La legislación se debe actualizar a las realidades de la vida para promover la estima de todo ser humano.