ESCENARIO DE VIDA
Iniciativa de ley 6054 debe ir al cesto de la basura
Por gran cantidad de razones, la iniciativa de ley 6054, que pone bajo el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) a todas las instituciones de competencia ambiental, no debe ser aprobada en el Congreso. Se preguntarán mis queridos lectores por qué y la sencilla respuesta es que dicha iniciativa pretende acaparar los presupuestos de dependencias como el Conap, Ocret y las autoridades de los lagos, y ya que el MARN no es un ministerio eficaz en su papel de rector, mucho menos podría serlo como ejecutor de tantas entidades juntas. Al tratar de pasar esta iniciativa de manera tan expedita, me pregunto si no necesitarán los fondos de estas instituciones para la campaña electoral del año próximo.
' La iniciativa de ley 6054 jamás debe de ver la luz del día.
Vida Amor de Paz
A la fecha, el MARN no ha dado resultados importantes para evitar la contaminación de los cuerpos de agua, ríos y lagos, y no ha dado solución con el manejo de los desechos sólidos, los basureros clandestinos en todas las rutas o la basura que acarrea el río Motagua. Es más, al aplicarse esta ley veremos eliminadas las juntas directivas existentes conformadas por diversas organizaciones dentro de dichas instituciones que controlan y velan por la participación justa de las mismas.
Nos estamos poniendo la soga al cuello con esta iniciativa, pues viola nuestros tratados de libre comercio con Estados Unidos y la Unión Europea. Sin contar los múltiples convenios internacionales ya establecidos, obstruyendo la participación de la cooperación internacional, lo que es letal para el país.
En consulta con abogados de distintos sectores, veo con preocupación la aplicación de la Legislación Ambiental del Tratado de Libre Comercio entre C.A. y EE. UU, específicamente el artículo 17.2: “…cada Parte procurará asegurar que no dejará sin efecto o derogará, ni ofrecerá dejar sin efecto o derogar, dicha legislación de una manera que debilite o reduzca la protección otorgada por aquella legislación”. Hace notar, además, que no se debe facultar a las autoridades de una Parte para realizar actividades orientadas a hacer cumplir la legislación ambiental en el territorio de otra Parte”. En tres palabras, NO SE PUEDE.
En la actualidad, Guatemala cuenta con un amplio Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Sigap), que declara de importancia mundial nuestra inmensa diversidad biológica. Al lesionarlo pone en riesgo las áreas nacionales, municipales y áreas en tierras comunales, y hasta las áreas de propiedad privada que conviven armónicamente en un sistema de administración participativa. Por ende, no solo perjudican las áreas protegidas administradas por Conap, sino las tierras comunales y reservas privadas se verán afectadas a un grado inimaginable. Por ende, el Sigap no debe ser controlado administrativa, técnica y financieramente exclusivamente por el MARN, dejando fuera a sus administradores y propietarios.
¿Por qué darle el plato servido al MARN para que actúe en total control de nuestras áreas protegidas, nuestros lagos, recursos naturales y territorios que dan al mar, incluyendo la propiedad privada?
Pero aquí viene algo peor, mis queridos lectores: la iniciativa pretende que el MARN tome completo control administrativo, técnico y financiero de la Oficina de Áreas de Reserva del Estado (Ocret), que es la encargada del control sobre los territorios y las propiedades privadas ubicadas en las orillas de todos los lagos, los ríos y el mar territorial.
Si Ud. tiene hotel, casa, chalet o negocio a la orilla del mar, o en algún lago, empiece a preocuparse. Estando Ocret bajo las faldas del MARN podrán actuar con absoluta libertad discrecional y hacer lo que les plazca. ¿Apoyaría Ud. esta nefasta ley?