MIRAMUNDO

El diseño constitucional incumplido

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Las constituciones modernas dejaron de ser solo una mera declaración de derechos y la base de la estructura de poder, para convertirse también en herramientas de diseño de políticas públicas mínimas, en consecuencia, un marco constitucional debe además entenderse por las leyes y disposiciones dispuestas por el Texto Fundamental para concretarlo.

' La ley es una decisión política, y la decisión política más importante de un Estado se llama constitución.

Alejandro Balsells Conde

Nuestra Constitución fue promulgada el 31 de mayo de 1985 y cobró vigencia el 14 de enero de 1986 y a la fecha, hay varias leyes ordenadas sin ser aprobadas y por eso el diseño constitucional no está cumplido, esto evidencia la indiferencia para ocuparse de aspectos sustantivos.

Veamos ejemplos: la protección a los pueblos indígenas, pero sobre todo la seguridad para la propiedad comunal de la tierra y su asistencia crediticia debería estar resguardada por una ley especial. A la fecha no se ha hecho (artículo 70 constitucional). El aprovechamiento del uso y goce del agua, debería ser regulado por una ley específica y a la fecha no se ha hecho (artículo 127 constitucional). La constitución prohíbe monopolios y privilegios, además el Estado debe limitar el funcionamiento de las empresas que absorban o tiendan a absorber, en perjuicio de la economía nacional, la producción en uno o más ramos industriales o de la misma actividad comercial o agropecuaria, para así proteger la economía de mercado e impedir la asociación empresarial en perjuicio a los consumidores, esto no se ha hecho (artículo 130 constitucional).

Si bien, con respecto a las invasiones de tierras, existen dinámicas delincuencias por un lado, también existen verdaderos conflictos sociales por el otro, en donde la ausencia de catastro, registro seguro y eficiente para brindar protección estatal da lugar a disyuntivas muy difíciles de resolver por el sistema judicial. Un país sin catastro, no genera certeza y protección a la propiedad privada o comunal de la tierra, el Registro de Información Catastral (RIC) no cumple sus funciones y tanto las municipalidades como la Dirección de Catastro del Ministerio de Finanzas andan por órbitas distintas, sin mencionar cómo los Registros Públicos, sin unidad central, provocan más amenazas que certezas.

El régimen de aguas es diametralmente distinto en Ciudad de Guatemala que en las Pinulas, Fraijanes, Chinautla, Palencia o Villa Nueva, y esto solo para mencionar algunos municipios del Departamento de Guatemala. El desorden municipal nos brinda falta de abastecimiento así como ríos y lagos contaminados, siendo el Motagua y Amatitlán grandes exponentes.

Tenemos monopolios auspiciados por el Estado pero también se incentiva la asociación empresarial en perjuicio de los consumidores, en el Ministerio de Economía encontraremos varios ejemplos, por ello la inexistencia de una ley contra esta situación solo explica al constatar cómo el régimen imperante tiene grandes y poderosos defensores, quienes por medio de discursos “liberales” aseguran la inexistencia de marcos competenciales apropiados y un mercantilismo evidente.

La ley es una decisión política, y la decisión política más importante de un Estado se llama constitución, por consiguiente, en 37 años de vigencia constitucional las preguntas obligadas son: ¿a quién le conviene la inexistencia de un catastro técnico y eficiente?; ¿a quién le conviene seguir contaminando ríos y lagos, pero además aprovecharse del agua en perjuicio de todos? ¿por qué no hay una ley antimonopolio cuando el libre mercado es la esencia el capitalismo?

Nuestro marco constitucional, como mínimo, debe cumplirse y estos tres ejes deberían ser fundamentales para el nuevo gobierno, porque los gobiernos “liberales” no se han ocupado de estructurar verdaderos marcos de paz y desarrollo. No debemos ser genios para saber cómo sin seguridad en la propiedad privada, sin agua y sin libertad de mercado, no existirá buen futuro.

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.