al grano

China, Taiwán y todo eso

El enfoque en esta temática de las relaciones diplomáticas es mucho más de la realidad que de las ideologías.

En la sección de “Opinión” de este diario, el pasado 5 de noviembre, seguramente empleando su computadora “hecha en China”, Pedro Trujillo expuso una serie de razones por las cuales estima que Guatemala no debiera entablar relaciones diplomáticas con la República Popular de China, debiendo, más bien, conservar las que tiene con Taiwán. 

Si he entendido bien, el colega columnista Trujillo considera que entablar relaciones con China sería antiético y exhibiría una doble moral por parte de Guatemala, pues no se pueden sostener los valores de la democracia, la libertad y el gobierno de leyes, por un lado, y entablar relaciones diplomáticas con una dictadura, por el otro.  Él entiende que los 183 países que ya lo han hecho han cometido un error y Guatemala no debiera imitarlos, sino mantener relaciones con Taiwán, siendo así fiel a los valores y principios que afirma sostener.

Desconocer que China es una entidad soberana con un gobierno legítimo equivale a negar una realidad que se evidencia a los ojos del mundo entero.  

Creo que su análisis se basa en una comprensión equivocada de la naturaleza, el alcance y significado de las relaciones diplomáticas. A un nivel formal, el tratado internacional básico sobre la materia es la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 18 de abril de 1961, de la que Guatemala es signataria, y en sus normas no figuran como elementos de este tipo de relaciones las cuestiones ideológicas, morales o éticas. Una de las consecuencias principales de entablar relaciones diplomáticas es que cada uno de los Estados abra en el otro una “misión diplomática” y las principales funciones de dicha misión son las siguientes: a. representar al Estado acreditante ante el Estado receptor; b. proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional; c. negociar con el gobierno del Estado receptor; d. enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al gobierno del Estado acreditante; e. fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el Estado receptor.

A un nivel más sustantivo, el hecho de entablar relaciones diplomáticas está lejos de entenderse como declaraciones de principio, como respaldo, reconocimiento o, mucho menos, aval de las políticas o acciones del Estado receptor.  Por el contrario, el hecho de no tenerlas sí que se entiende como un desconocimiento de la soberanía del otro Estado y de la legitimidad de su gobierno.  Equivale a negar al otro Estado su aspiración a formar parte de la comunidad de naciones independientes del mundo. 

El enfoque en esta temática de las relaciones diplomáticas es mucho más de la realidad que de las ideologías o de los valores de los gobiernos de los Estados del orbe.  En ese orden de ideas, China no solamente es la segunda economía mundial, y como tal un socio comercial —como se usa decir— importantísimo de Guatemala, sino que forma parte de la ONU y es miembro permanente de su Consejo de Seguridad. Ignorar esas realidades puede tener para Guatemala, creo yo, más costes que beneficios.  Nada de eso equivale a decir que el pueblo de Taiwán carezca de derechos que deben reconocerse y respetarse.  Es una cuestión compleja sobre la que hago votos para que se resuelva por cauces pacíficos y a la luz de los principios y normas del derecho internacional.

ESCRITO POR:

Eduardo Mayora

Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona y por la UFM; LLM por la Georgetown University. Abogado. Ha sido profesor universitario en Guatemala y en el extranjero, y periodista de opinión.