En la sentencia conocida este viernes, el tribunal no ve probada la acusación, tal como establece el Código Procesal Penal dominicano, y rechaza el recurso de casación de la Procuraduría.
Por ello, ordena que sean devueltos todos los bienes incautados a Díaz Rúa y Ángel Rondón, quienes habían sido condenados por lavado de activos provenientes del enriquecimiento ilícito y soborno.
En concreto, Díaz Rúa fue sentenciado a cinco años de cárcel por lavado de dinero, mientras que Rondón recibió ocho años al ser hallado culpable de repartir los sobornos millonarios y de lavado de dinero.
La corte considera que no se ha logrado identificar a los funcionarios que habrían recibido los sobornos, algo esencial para probar el delito, y por tanto no habría elemento para sustentar las condenas.
Además, se descarga de responsabilidad penal al abogado Conrado Enrique Pittaluga Arzeno frente a la petición fiscal de que fuera condenado por enriquecimiento ilícito, pero no pudo probarse, por lo que se ratificó su absolución.
Díaz Rúa y Rondón eran los únicos condenados en República Dominicana en el proceso del caso Odebrecht, el mayor escándalo de corrupción juzgado en este país caribeño después de que la constructora brasileña reconociera que había pagado más de US$92 millones a funcionarios a cambio de la adjudicación de obras públicas.