La sentencia de la Sala Constitucional de la corte se produjo en respuesta a un recurso de interpretación sobre la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
La ley indica que el gobierno, para constituir empresas mixtas en el sector petrolero, necesita “la aprobación previa” del Parlamento. Sin embargo, al declarar “omisión legislativa”, el TSJ indicó que no existe “impedimento alguno” para que el Ejecutivo las cree sin pasar por los diputados.
La decisión judicial se produce un día después de que el TSJ dejara sin inmunidad a los asambleístas, lo que abre la posibilidad de enjuiciarlos, inclusive por delitos militares.
Ello mientras el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) se reunía para debatir la grave crisis política y económica del país petrolero.
La bancada opositora ha pedido a la OEA aplicar la Carta Democrática Interamericana y sancionar al gobierno, lo que fue calificado por Maduro como “traición a la patria”, un delito castigado con penas de hasta 30 años de cárcel.