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¿Cuáles son los próximos pasos del camino a la posible destitución de Rousseff?

Una comisión de 65 diputados aprobó el lunes un informe que recomienda abrir un juicio de destitución contra la presidenta de izquierda, Dilma Rousseff, por presunta adulteración de las cuentas públicas.

Una figura de cartón en representación de Dilma Rousseff es exhibida frente el Congreso Nacional en Brasilia. (Foto Prensa Libre: AFP).

Una figura de cartón en representación de Dilma Rousseff es exhibida frente el Congreso Nacional en Brasilia. (Foto Prensa Libre: AFP).

La mandataria niega haber cometido un “crimen de responsabilidad”  y denuncia una tentativa de “golpe de Estado”.

A continuación, la secuencia futura de un procedimiento complejo y de resultado abierto donde está en juego la jefatura de Estado de la mayor economía latinoamericana, sumida en una crisis vertiginosa que tiene una feroz recesión como telón de fondo.

  • El dictamen de la Comisión -no vinculante- debe publicarse el martes en el diario de la Cámara de Diputados. El presidente de la Cámara deberá esperar luego un mínimo de 48 horas para incluirlo en el orden del día y someterlo al plenario de 513 diputados. Los partidarios del impeachment estiman que los debates podrán abrirse el viernes 15 y durar tres días. Se espera una votación el domingo 17 o el lunes 18.

En la Cámara de Diputados

  • Una moción de impeachment requerirá el apoyo de 342 diputados  (dos tercios), cualquiera sea el número de legisladores presentes. El quorum para abrir la sesión es, precisamente, de 342 presentes, el mínimo para conseguir una eventual aprobación.

Si la moción no suma ese número de apoyos, el proceso se archiva.

Si los 513 diputados estuvieran presentes y ninguno se abstuviera, serían necesarios 171 votos  (un tercio) para bloquear la iniciativa, en caso de que el presidente de la Cámara no sufrague.

El reglamento solo contempla esa posibilidad en escrutinios secretos o en caso de empate, dos opciones no previstas en este proceso. No obstante, existen divergencias acerca de ese punto, por lo que el número de votos requeridos para archivar el pedido de juicio podría ser 172, si estuvieran todos los diputados en el recinto y el presidente de la Cámara votara.

En el Senado

  • Si los diputados aprueban una moción de impeachment, ésta pasa al Senado, de 81 integrantes.

La Cámara alta formaría una comisión de 21 miembros, que dará su opinión sobre la admisibilidad del proceso.

Este trámite podría ser más rápido que en diputados y seguiría parámetros similares a ese cuerpo en cuanto a quorum y mayorías.

  • Para que un dictamen de destitución sea aprobado en el plenario del Senado y el proceso instaurado, necesita una mayoría simple una vez conseguido un quórum de 42 senadores.

De no lograr ese respaldo, el proceso se archiva.

Analistas consideran improbable que, llegado el caso, el Senado rechace un dictamen que ya tuvo el visto bueno de la Cámara de Diputados y de una comisión propia en la que están representados los partidos de la Cámara alta.

De acontecer, seguiría la misma secuencia que en diputados.

  • En VIDEO: “Comisión parlamentaria recomienda impeachment a Rousseff”.https://www.youtube.com/embed/ka5OIQcD2Ls

Apartamiento y juicio final

Si el Senado valida una moción de destitución, Rousseff sería apartada de manera provisoria de sus funciones durante un máximo de 180 días, para dar lugar al juicio propiamente dicho.

Sería reemplazada por su vicepresidente, Michel Temer. Según los especialistas, sólo en ese momento empezaría la verdadera recolección de pruebas y testimonios.

  • La sesión final del juicio tendría lugar en el plenario del Senado, bajo la dirección del presidente del Supremo Tribunal federal. Son necesarios dos tercios de los votos del Senado  (54 de un total de 81) , para destituir definitivamente a la mandataria, cualquiera sea el número de los presentes. De lo contrario, ésta reasumiría inmediatamente sus funciones.

En esta sesión única, en la que el presidente del Senado puede votar porque no la dirige, se darán los alegatos finales de parte del senador que haya instruido el caso y de la defensa de la presidenta.

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