Internacional

Congreso dominicano aprueba en primera lectura la reelección consecutiva

El Congreso Nacional dominicano convertido en Asamblea Nacional Revisora aprobó hoy en primera lectura la reintroducción de la reelección consecutiva, lo que permite al presidente del país, Danilo Medina, optar a un nuevo mandato en los comicios de 2016.

Con una votación de 183 a favor y 38 en contra, los asambleístas aprobaron la modificación a la Constitución dominicana en lo relativo a la elección del presidente de la República. La segunda lectura se conocerá el viernes próximo y la eventual proclamación de la Carta Magna, un día después.

Tal y como se había previsto, los legisladores del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD) , los de su aliado Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y los del opositor Partido Revolucionario Dominicano (PRD), dieron el sí a la reelección, mientras que los también opositores del Partido Revolucionario Moderno (PRM) , votaron en contra de la iniciativa.

La aprobación de la pieza por amplia mayoría se produjo tras más de tres horas de encendidos debates entre quienes favorecían y condenaban la modificación constitucional.

Antes de la aprobación de la reforma a la Carga Sustantiva, los asambleístas rechazaron de manera aplastante (194-27) una moción presentada por la diputada nacional Guadalupe Valdez, dirigida a impedir la reintroducción de la reelección presidencial consecutiva.

Otra medida

También se desestimó por una votación aún mayor de 212 a favor y solo nueve en contra, la propuesta del portavoz de los diputados del PRSC, Ramón Rogelio Genao, de que se impida por los próximos 50 años modificar la Constitución dominicana en lo relativo a la elección del presidente de la República.

Los defensores de la reintroducción de la reelección consecutiva basaron sus argumentos en la altísima popularidad que otorgan todas las encuestas al presidente Medina y en la valoración de su ejercicio de Gobierno que expresan los ciudadanos en esas mediciones.

La Constitución actual determina que el mandatario de turno no puede presentarse de nuevo al cargo para el período siguiente al que ejerce.

ESCRITO POR: