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La Ley Electoral y de Partidos Políticos, vigente desde 1986

La normativa que regula todo lo concerniente al régimen electoral del país es la Ley Electoral y de Partidos Políticos Decreto 1-85, vigente desde el 14 de enero de 1986.

La Ley fue aprobada el 3 de diciembre de 1985 por la Asamblea Nacional Constituyente. Junto a la Constitución Política y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad retornó la institucionalidad, rota luego del golpe de Estado de 1982.

En las décadas anteriores no había una ley específica que regulara la actividad política y electoral, lo cual fue aprovechado por el régimen militar para sucederse en la presidencia durante casi treinta años.

Sin embargo antes de que surgiera la actual Ley Electoral, se creó el Tribunal Supremo Electoral durante el régimen de facto del general Efraín Ríos Montt en el cual se derogó la Constitución de 1965 y se implementó un Estatuto Fundamental de Gobierno. 

El 23 de marzo de 1983, Ríos Montt promulgó tres leyes las cuales permitirían una apertura política y abrían el camino al retorno a la constitucionalidad. Estas eran la ley del Tribunal Supremo Electoral, Ley del Registro de Ciudadanos y Ley de Organizaciones Políticas.

El Tribunal Supremo Electoral, TSE inició funciones el 30 de junio de 1983 fecha en la que tomaron posesión los primeros magistrados electos por la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con la legislación aprobada en su momento. Ellos serían los encargados de organizar y dirigir el próximo evento electoral y reencauzar el camino a la democracia.

Debido a los acontecimientos políticos que terminaron con la caída del régimen de  Ríos Montt  en agosto de 1983 tomó la dirección del país el general Óscar Humberto Mejía Víctores, en medio del descontento generalizado por el fracaso del ex jefe de Estado. 

Mejía Víctores anunció desde un principio que regresaría al país a la constitucionalidad y que respetaría a las instituciones autónomas del país, tales como el TSE, la Universidad de San Carlos y los demás Organismos de Estado. 

Mejía Víctores cumplió su promesa y en julio de 1984 se eligió la Asamblea Nacional Constituyente, la cual redactaría las nuevas leyes que retornarían al país a la democracia. Este órgano proclamó en primer lugar la Constitución Política el 31 de mayo de 1985. 

Ley electoral

El 27 de mayo de 1985 se presentó al Jefe de Estado, Óscar Mejía Víctores el proyecto de Ley Electoral, revisado por el TSE para que pudiera convocarse a elecciones ya emitida la Constitución Política. 

El texto del proyecto de ley destacaba lo siguiente: 

  • La Ley regularía tres elecciones, las presidenciales, las del Congreso y las municipales, tomándose en cuenta que en ese momento no existía el Parlamento Centroamericano. 
  • La elección presidencial se sujetaba al régimen de mayoría absoluta, es decir, que una de las planillas debía quedar electa por lo menos con la mitad más uno de los votos válidos. Caso contrario debía de hacerse una segunda elección con las primeras dos planillas con mayor número de votos.
  • Las elecciones de diputados, tanto por lista nacional como por departamentos o distritos, se realizarían por el método d'Hondt de representación de minorías.
  • El número de diputados a elegir se fijó en consideración a lo que se sabe establecería la Constitución en esa materia. Es decir que la ley establecerá el número de diputados que correspondan a cada distrito en proporción a la población. Inicialmente serían electos 92 diputados, de los cuales 23 serían por lista nacional y el resto por planillas distritales a razón de uno por cada 100 mil habitantes o fracción que pase de 50 mil en cada distrito.
  • Relativo a las elecciones municipales con un régimen mixto.
  • El periodo de gobierno tanto para el Organismo Ejecutivo y el Legislativo sería de cinco años de acuerdo con la Constitución. 

El 3 de diciembre de 1985 la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la Ley Electoral llevando el decreto número 1-85 y en un acto solemne en el Congreso fue entregada al jefe de Estado Mejía Víctores. La norma reguló las elecciones de ese año en la cual fue electo el presidente Vinicio Cerezo Arévalo, primer civil en casi treinta años de regímenes militares.

Con la toma de posesión de Cerezo el 14 de enero de 1986 entraron en vigencia las nuevas leyes redactadas por la Constituyente, mismas que, salvo reformas, continúan vigentes hasta nuestros días. 

Reformas

El primer intento por impulsar reformas integrales surge de los acuerdos de paz, firmados en 1996, en el Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, mediante la comisión de Reforma Electoral, que presentó una propuesta en el Congreso en 1998. En 2004, mediante mediante el decreto 10-04, el Congreso aprobó 152 reformas a esa normativa, pero en el 2006 se iniciaron nuevas modificaciones concretadas en ese año. 

La actual versión incluye modificaciones de los decretos 74-87, 35-90, 10-04 y 35-2006 consideradas como parciales. En enero y agosto de 2012 se presentaron otras iniciativas de reformas pero no se concretaron. 

En cada proceso electoral se ha manifestado la necesidad de una reforma integral de la Ley Electoral, los últimos acontecimientos políticos han permitido que en este año se concreten nuevas reformas electorales, las cuales entrarán en vigor el próximo mes de junio de 2016. 

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