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Iglesia pide abolir pena de muerte

El 19 de noviembre 2010 los obispos de la Conferencia Episcopal de Guatemala (CEG), Gustavo Mendoza, obispo auxiliar; Bernabé Sagastume, obispo de Santa Rosa, y Pablo Vizcaíno, obispo de Suchitepéquez y presidente de la CEG, en conferencia de prensa exhortaron a los diputados que anularan la pena de muerte por considerarla cruel para el ser humano.

Portada del 19/11/2010 donde la Iglesia Católica pide al Congreso que anule la pena de muerte. (Foto: hemeroteca PL)

Portada del 19/11/2010 donde la Iglesia Católica pide al Congreso que anule la pena de muerte. (Foto: hemeroteca PL)

La CEG no estaba de acuerdo con la aplicación de la pena de muerte, por considerar que esta medida no constituía un disuasivo contra la violencia que afectaba al país.

“El remedio a la violencia está más bien en la aplicación de políticas de desarrollo social”, afirmó Vizcaíno.

Según los funcionarios de la iglesia católica de Guatemala, el artículo 18 de la Constitución le otorga al Congreso la facultad para abolir la pena de muerte.

La CEG aseguró tener conciencia de que la población estaba cansada de la ola de violencia, corrupción e impunidad que imperaban en el país.

Sagastume, obispo de Santa Rosa, dijo en aquel momento: “Invitamos a la población guatemalteca a crear una verdadera cultura de la vida, y que se oponga a la anticultura de la muerte, por medio de nuestro compromiso diario en el camino de la conversión, la reconciliación y la construcción de la verdadera paz”.

La Iglesia Católica también reprochó la promoción de la pena capital como propaganda política, ya que reafirmaba la ineficacia del sistema judicial.

El legislador Roberto Villate, jefe de la bancada Libertad Democrática Re- novada (Líder), quien promovía la aplicación de la pena de muerte, consideraba que la medida era un método disuasivo ante la ola de violencia.

“Desde el año 2000 que se dejó de ejecutar, se ha incremento el número de muertes casi al doble”, dijo.

“Si seguimos esperando unos 10 años, se puede aumentar el número de muertes a 40 diarias.. Nosotros sí creemos que la pena de muerte es un disuasivo”, aseguró Villate.

Evangélicos, a favor

César Augusto Ayala, vocero de la Alianza Evangélica, dijo que, su organización es “pro vida”, creían que cuando un delincuente es reincidente, por sus faltas a la moral y a la ética, “hay justificación para aplicar la pena capital”.

“Como un disuasivo es bastante difícil verlo; más bien, es como una confirmación de la justicia y su cumplimiento”, sostuvo Ayala.

Historia de pena capital

El Código Penal guatemalteco, el cual data desde 1973, contempla la pena de muerte, y antes de las dos ejecuciones de 1996, por medio del fusilamiento, se tiene registro de cuatro sentencias llevadas a cabo en 1982 por medio de la inyección letal.

Otras 11 personas fueron ejecutadas en 1983, bajo el amparo del decreto de emergencia 46-82, promulgado durante el estado de Sitio impuesto por el gobierno de facto de Efraín Ríos Montt. Los reos fueron llevados ante el fuero especial el cual consistía en jueces sin rostro .

Durante la aplicación de ese decreto se castigaba con la pena de muerte a parricidas y homicidas con circunstancias agravantes. También se incluía el homicidio del presidente y del vicepresidente de la República.

La pena de muerte estaba regulada mediante la Ley de Indultos, aprobada en la Asamblea Legislativa de 1982, en el régimen de Ríos Montt.

Paradójicamente, fue el Congreso presidido por el general retirado el que derogó esa ley el 11 de marzo del 2000, durante el gobierno de Alfonso Portillo.

La discusión se retomó en el 2006, en el gobierno de Óscar Berger, pero la iniciativa impulsada por el Partido Unionista fue bloqueada por el Frente Republicano Guatemalteco (FRG).

El presidente Álvaro Colom vetó otros dos decretos que pretendían restablecer el indulto presidencial.

Fusilamiento por violación

El 14 de septiembre de 1996 fueron fusilados Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza, por haber violado y asesinada una niña. Los medios de comunicación presenciaron la ejecución, lo cual conmocionó a la población, dando lugar a introducir la inyección letal.

Inyección letal

Tomás Cerrate Hernández, de 39 años, y Luis Cetino, 38, fueron ejecutados por inyección letal el 29 de junio de 2000. Ambas sentencias se llevaron a cabo con una hora de diferencia. Se les juzgó por el secuestro y asesinato de la empresaria guatemalteca Isabel Bonifasi de Botrán.

Diez condenados a muerte

El Juzgado Primero de Ejecución dejó pendientes cuatro condenados a la inyección letal; y en el Juzgado Segundo de Ejecución, hay seis reos sentenciados a la pena capital por los delitos de asesinato, asesinato en grado de tentativa, plagio o secuestro y violación.

Tres gobiernos

La discusión sobre el indulto presidencial consumió la primera década del presente siglo.

Derogan Ley de Indultos

11 de mayo de 2000 el Congreso derogó el decreto ley 1,549 de 1892, conocido como Ley de Indultos, que regulaba el recurso de gracia presidencial, con el que decidía si se ejecutaba o no al sentenciado.

12 de febrero 2008 el Congreso restituyó la figura del indulto presidencial para los condenados a muerte. Con ello, puso fin a un vacío legal que desde el 2000 impedía aplicar esa pena.

Primer veto de Colom

14 de febrero 2008 El presidente Álvaro Colom veta la ley y la regresa al Congreso, al considerar que el de- creto 06-2008, aprobado el 12 de febrero, viola varios artículos de la Carta Magna.

Restituyen el indulto

5 de octubre 2010 Los diputados aprueban de urgencia nacional la iniciativa de ley que restituye el indulto presidencial para la aplicación de la pena capital, la cual podría entrar en vigor en el 2012.

Segundo veto de Colom

3 de noviembre 2010 El presidente Colom veta el decreto 37-2010, por considerar que aplicar la pena de muerte no era la solución contra la inseguridad, y le pide al Congreso abolirla.

UE pide abolición

6 de noviembre 2010 Los representantes de la comunidad Europea exigen al Congreso abolir la pena de muerte y se muestran preocupados de que esta medida sea publicada por el Legislativo en el diario oficial.

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