El entonces jefe de bancada del Frente Republicano Guatemalteco (FRG), Arístides Crespo Villegas, propuso que se aprobara el Convenio número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, suscrito en Ginebra, Suiza, en 1989, conforme el criterio vertido por la Corte de Constitucionalidad (CC) el 18 de mayo de 1995 en la opinión consultiva producida sobre el particular.
Historia del convenio
El convenio 169 aprobado en 1989 por la OIT fue conocido en primera lectura en el Congreso el 20 de agosto de 1992. Ese mismo año, el 7 de octubre, se aprobó en segunda lectura cuando era presidente del Congreso de la República Edgar René Paiz Hernández.
El proyecto se había quedado engavetado, y fue hasta 1995 cuando se pidió opinión consultiva a la CC con relación a si la aprobación del Convenio contravenía la Constitución.
El 18 de mayo de 1995, la CC emitió opinión e indicó que el contenido de las normas del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes no contradecía la Constitución de la República.
La legislatura anterior, con el voto de la bancada del FRG, pospuso la discusión del Convenio, según dijeron, para evitar que fuera utilizado de manera demagógica durante la campaña electoral.
La diputada eferregista Aura Marina Otzoy Colaj, representante por Chimaltenango, fue quien volvió a presentarlo para su aprobación y ratificación.
Al ser consultado el entonces diputado Carlos García Regás, presidente del Legislativo, dijo que la aprobación del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales significaba el fortalecimiento del Estado de Derecho.
Otro de los consultados, el legislador Pablo Duarte, dijo que el Congreso podía ratificar o dejar sin efecto la aprobación del Convenio 169, si se produjeran manipulaciones que resultaran peligrosas para el país.
Tres artículos del 169
Artículo 1. Se aprueba el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Dicha aprobación se hace bajo el entendido que las disposiciones de la Constitución Política de la República prevaleciendo sobre dicho Convenio, el cual no afecta derechos adquiridos, y no tiene efectos retroactivos.
Artículo 2. El Organismo Ejecutivo, dentro de los treinta días que entrara en vigencia el decreto, deberá proceder a emitir los instrumentos de ratificación y depósito del Convenio 169. La documentación respectiva debería remitirse al director general de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, dentro del mismo término fijado.
Artículo 3. El presente acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial. Dado en el Palacio Legislativo, en la ciudad de Guatemala a los cinco días del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis, según lo indicado.
Invitan a Guatemala
Guatemala fue invitada por primera por el Instituto Indigenista Interamericano al foro de los pueblos indios y al Décimo Congreso Indigenista Interamericano, celebrados en San Martín de los Andes, Neuquén, Argentina, el 18 de noviembre de 1989.
La delegación estuvo integrada por, el profesor Ricardo Cajas Mejía, director de la Asociación de Escritores Mayas; el licenciado Raymundo Caz Tzub, el profesor Andres Cuz Macu, Carlos Cumatz Pecher, doctor Flavio Rojas Lima, linguista; doctor Narciso Cojtí Macario y la profesora María Margarita López Raquet.
El foro fue en torno a los modelos alternativos de desarrollo, en en campo salud y el desarrollo cultural indígena, así como exigir a los gobiernos de cada país que revisaran y modificaran el Convenio 169 de la OIT sobre la libre determinación de los pueblos, su cultura, su pleno desarrollo y al cuidado del medio ambiente.
Guía de consultas
El 18 de julio de 2017, el presidente Jimmy Morales junto a Óscar Chinchilla, presidente del Congreso de la República, y Aura Leticia Teleguario, ministra de Trabajo, presentaron la guía operativa para efectuar las consultas comunitarias a pueblos indígenas, en cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, la cual serviría para llevar a cabo consultas a los pueblos indígenas sobre los proyectos que se impulsen en sus comunidades.
El instrumento fue negociado durante ocho meses de diálogo con líderes comunitarios y dirigido por el Ministerio de Trabajo.
La guía establece que se deberán hacer consultas a los pueblos indígenas en proyectos relacionados con temas del medio ambiente, educación y seguridad, así como sobre medidas administrativas en sus territorios.
El presidente anunció que esa guía sería enviada al Organismo Legislativo para que sirviera como un documento para elaborar la iniciativa de Ley de Consulta a los Pueblos Indígenas.
Morales dijo en su discurso que con la presentación de esta guía el país da otro paso en el reconocimiento de los pueblos indígenas y cumple con lo establecido en el Convenio 169 de la OIT.
Por su parte, la ministra Teleguario explicó que se creará una unidad rectora que asesorará a los diferentes sectores sobre la consulta.
Alguna consultas
18 de junio de 2005
Unos dos mil 600 vecinos de Sipacapa, San Marcos, participaron en la consulta comunitaria sobre minería en la cual ganó el “no”.
25 de julio de 2006
En consulta popular, habitantes de las 79 comunidades de Santa Eulalia, Huehuetenango, rechazaron la explotación de sus tierras. Según dijeron, esto evitaría brotes de enfermedades, destrucción de montañas y el impacto negativo en los recursos hídricos.
PDH se pronuncia
El 20 de febrero de 2018, el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, pidió al Congreso que la regulación a las consultas “esté en concordancia con el espíritu del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo” y respetar los derechos de los pueblos indígenas cuando legislara la regulación de las consultas comunitarias para el uso de los recursos naturales.
21 de febrero de 2018
Representantes de los países cooperantes del G13 acudieron al Congreso de la República para reunirse con el presidente del Legislativo, Álvaro Arzú Escobar. El embajador de Italia, Edoardo Pucci, vocero del grupo, indicó que consideraba la importancia de las leyes de consulta previa al Convenio 169 de la OIT, de competencia y reformas a la normativa.