Guatemala

¿Qué implicaciones legales hay si un conductor atropella a una persona y se da a la fuga?

Qué ocurre en caso de que un conductor atropelle a una persona y se da la fuga. Un abogado explica lo que establece la base legal en Guatemala.

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Darse a la fuga tras un accidente de tránsito, es considerado una acción deliberada para evitar responsabilidades explica un abogado penalista. (Foto Prensa Libre: Bomberos Municipales)

Atropellar a una persona y huir del lugar del accidente es una acción con consecuencias legales en Guatemala.

Este acto no solo puede agravar las sanciones que enfrente el conductor, sino que también elimina cierto derecho legal que podrían aplicarse en un accidente de tránsito.

El abogado penalista Deyvin Carrillo explica que el Código Penal establece que darse a la fuga es considerado una acción deliberada para evitar responsabilidades, lo que automáticamente impide al acusado optar por medidas sustitutivas.

Además, explicó que la normativa establece sanciones en dos escenarios, para quienes causen lesiones o si provocan la muerte de una persona al atropellarla, considerando circunstancias como el estado del conductor y el tipo de vehículo implicado.

Qué ocurre en caso de fuga

El artículo 264 bis del Código Procesal Penal regula el arresto domiciliario en accidentes de tránsito, un beneficio que permite al acusado permanecer en su residencia mientras enfrenta el proceso.

Sin embargo, este beneficio no aplica si el conductor:

  1. Conducía ebrio o bajo el efecto de drogas.
  2. No tenía licencia vigente.
  3. No ayudó a la víctima pudiendo hacerlo.
  4. Huyó del lugar del accidente.

Excepciones

Aunque la ley es clara, según el abogado, los jueces tienen la facultad de analizar el contexto. Por ejemplo, si el conductor huyó por miedo o confusión, pero luego se puso a disposición de las autoridades, esta acción puede considerarse en su favor.

Sin embargo, si se demuestra que la fuga fue intencional, el caso se complica y se toman medidas más estrictas.

Carrillo  expuso un caso que defendió sobre un conductor de un camión de volteo que atropelló a una mujer de la tercera edad en la zona 6.

Debido a la altura del vehículo, no se dio cuenta del accidente y creyó haber pasado sobre un túmulo. Fue detenido por otros conductores más adelante.

Aunque inicialmente fue consignado por homicidio culposo, se demostró que no había intención de huir y que las circunstancias del hecho influyeron. Esto permitió al juez otorgarle medidas sustitutivas.

Lesiones u homicidio culposo

Existen dos escenarios en estos casos: cuando el conductor atropella a una persona y le causa lesiones, o si muere a como consecuencia del percance, siendo en ambos casos delitos “culposos”, en donde el conductor no tenía intención de provocar el daño.  

La base legal en el caso de lesiones culposas, o causar lesiones a otra persona por culpa, negligencia o imprudencia, se encuentran en el artículo 150 del Código Penal, y se sanciona con:

  • Prisión de 3 meses a 2 años.
  • Multas de Q300 a Q3,000 si el conductor estaba bajo el efecto de alcohol, drogas o medicamentos.
  • Aumento de la pena en una tercera parte si se trata de pilotos de transporte colectivo.

La gravedad de las lesiones y las circunstancias del accidente son evaluadas por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

En tanto, si un conductor atropella y provoca la muerte de otra persona, el delito es homicidio culposo y es regulado en el artículo 127 del Código Penal, que establece:

  • Prisión de 2 a 5 años.
  • Doble de la pena si el conductor estaba bajo el efecto de alcohol, drogas o medicamentos.
  • Aumento de la pena en una tercera parte si se trata de pilotos de transporte colectivo.

ESCRITO POR:

Sandy Pineda

Periodista de Prensa Libre especializada en política y temas sociales con 7 años de experiencia. Parte del programa International Women's Media Foundation (IWMF) en 2019, y del proyecto Ciclos de Actualización para Periodistas (CAP) 2023.