A esto se le denomina constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos, conocido de forma popular como finiquito, y lo extiende la Contraloría General de Cuentas (CGC) a todos los interesados.
Esta certificación se regula en el artículo 30 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, el cual refiere que “para que una persona pueda optar a un nuevo cargo público sin que se haya transcurrido el plazo de la prescripción, bastará con que presente constancia extendida por la CGC de que no tiene reclamación o juicio pendiente como consecuencia del cargo o cargos desempeñados anteriormente. Recibida la solicitud de finiquito, este se extenderá dentro de los quince días siguientes, sin costo alguno”.
En las últimas elecciones, este requisito ha generado confusiones y cuestionamientos hacia la autoridad electoral, ya que no existe claridad de cuál es el tiempo en el que los candidatos deben tramitarlo. Y en más de una ocasión, la falta de finiquito ha sido el motivo por el cual se le ha vedado el derecho de participación a aspirantes a cargos de elección popular.
En las próximas semanas, conforme se acerque la fecha de la convocatoria a elecciones, las solicitudes de finiquitos por parte de alcaldes, diputados y demás empleados públicos se incrementarán.
¿DE DÓNDE SALIÓ LA INFORMACIÓN?
El jueves de la semana pasada, la CGC emitió un comunicado indicando las instrucciones para que los interesados en optar a cargos públicos empezaran a tramitar el finiquito en línea". “El documento en mención se proporciona por elección popular, nombramiento, contrato de servicios en el Estado. Para obtener el finiquito en línea, es indispensable estar inscrito en la base de “actualización, “actualización de datos”, de la Contraloría General de Cuentas, y contar con un usuario y contraseña”, explicó. Dicho requisito se tramita a través del portal web de la institución cuyo enlace es www.contraloría.gob.gt. Sin embargo, el comunicado no refiere cuál es el plazo para obtenerlo o si hay un período en específico para que los candidatos lo tramiten.
¿CUÁL ES EL CONTEXTO?
Consultado al respecto, el TSE informó que cada aspirante debe contar con su finiquito y que verificarán los documentos entregados. “El Registro de Ciudadanos realiza un proceso de verificación de los documentos (requisitos en el artículo 53 del reglamento de la Ley Electoral)”, informaron por medio de su oficina de Comunicación Social. Además, comentaron que si la documentación de una candidatura está incompleta o tiene errores se notificará en un plazo no mayor a dos días a la organización política la cual tendrá tres días para hacer las correcciones solicitadas o completar los documentos. De momento, la autoridad electoral no ha emitido ningún reglamento ni comunicación pública que aclare en qué tiempos se debe tramitar un finiquito para que sea considerado válido. Tampoco se conoce públicamente el caso de algún funcionario con miras a postularse como candidato que se le hayan presentado juicios o denuncias en las últimas semanas. Sin embargo, el Registro de Ciudadanos notificó al alcalde de Mixco, Neto Bran, y a Roberto Arzú que podrían no ser inscritos como candidatos, aunque por incurrir en supuesta propaganda electoral anticipada. A Bran se le increpó por la producción de un podcast del cual figura como conductor y se encuentra en las plataformas de Facebook, YouTube, TikTok y Spotify. En el programa invita a un invitado distinto cada semana, entre quienes figuran artistas, personajes de la farándula, influenciadores y demás personajes. Mientras que a Arzú por una serie de publicaciones en su cuenta de Twitter en las cuales ha hecho distintos ofrecimientos y promesas que a criterio del TSE tienen tintes electorales. Ambos rechazaron el pronunciamiento del órgano electoral y adelantaron que presentarán los recursos legales para que se les permita su inscripción. Le puede interesar: TSE notifica a Roberto Arzú y Neto Bran de que no serán inscritos en elecciones del 2023 por estos motivos
Verificamos por usted: ¿Finiquito tiene vigencia limitada para quienes deseen optar a cargos públicos?
Verdadero
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El TSE informó que no puede establecer una fecha precisa para tramitar el finiquito, pero cada aspirante debe contar con este documento. Sin embargo, el artículo 214, inciso f), de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) refiere que la persona que desee inscribirse como candidata a un cargo de elección popular y que haya manejado o administrado fondos públicos debe presentar una original de la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos emitida por la CGC y la fecha de emisión de dicha constancia no deberá ser superior a seis meses. Pablo Hurtado, investigador de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), dice que habrá que tomar en cuenta es si el TSE publica un reglamento que especifique a partir de qué fecha se empezarán a contar los seis meses de vigencia a los que se refiere la Lepp. “En efecto, el reglamento no puede cambiar (el tiempo establecido en la Lepp), pero sí indicar a partir de cuando se cuentan los seis meses”, dijo Hurtado. El entrevistado agrega que un finiquito otorgado ahora, y que se presente en los plazos establecidos en ley, difícilmente podría invalidarse, aunque posteriormente la CGC haga algún reparo contra el funcionario. Por su parte, el abogado Rony Linares explica que los candidatos deberán prever la fecha en que se inscribirán. Si lo hacen los primeros días de enero, por ejemplo, pueden tramitarlo desde ahora y el mismo estaría vigente al momento de presentar sus formularios. “La idea de anticipar ahora es por si sale algún hallazgo. En ese caso, habría tiempo para solventarlo y tramitar el finiquito en diciembre o cuando ya se haya resuelto”, dice Linares.