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Verificamos por usted: ¿Costos por reproducir información pueden superar a los del mercado?

Según la ley, la reproducción de información pública no puede superar los costos del mercado.

Cultura y Deportes prevé cobrar hasta Q1 por copia cuando se pida información pública. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Cultura y Deportes prevé cobrar hasta Q1 por copia cuando se pida información pública. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El Ministerio de Cultura y Deportes (MCD) emitió un acuerdo mediante el cual prevé cobrar Q1 por reproducción de cada copia cuando se solicite información pública. Pero este acuerdo contradice los principios legales y busca obstaculizar el derecho de informarse sobre asuntos públicos, advierten analistas.

De acuerdo con el acuerdo 1299-2022, la tarifa aplicará a partir de la copia número 11. Además, también se cobrará Q15 por cada unidad de disco compacto.

“La disposición tiene fundamento legal en lo regulado por el artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública, en el que se faculta a las entidades del Estado a realizar el cobro de los gastos por reproducción de la información”, reza el acuerdo.

Asimismo, se indica que la persona interesada en obtener información pública podrá aportar los materiales necesarios para la reproducción de la información pública que solicite. Caso contrario, “se cobrará el valor de estos de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del presente acuerdo ministerial”, reza el acuerdo.

Los recursos obtenidos producto de los cobros que se haga a los solicitantes podrán ser utilizados por la cartera para funcionamiento o inversión y será la Dirección Administrativa Financiera de la Dirección Superior, en coordinación con la Unidad de Acceso a la Información Pública, las que deberán registrar los fondos en sistemas administrativos y presupuestarios.

El acuerdo entró en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial, es decir el 23 de diciembre pasado.

¿DE DÓNDE SALIÓ LA INFORMACIÓN?

Tras la publicación del acuerdo, el Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Alejandro Córdova, emitió un comunicado en el que exhorta a las instituciones obligadas a observar y cumplir la Ley de Acceso a la Información Pública a que "implementen acciones que garanticen el respeto al derecho de acceso a la información pública, a efecto de esforzarse por reducir al máximo los costos de la entrega de información, permitiendo la consulta directa de la misma o que las personas solicitantes entreguen los materiales para su reproducción”. No obstante, el comunicado no hace ninguna advertencia directa al ministerio de Cultura y Deportes por la publicación del acuerdo, pese a que según la ley es la PDH la autoridad encargada de proteger el acceso a la información pública como derecho fundamental.

¿CUÁL ES EL CONTEXTO?

El pasado 9 de noviembre el Congreso de la República aprobó la Ley del Presupuesto de Ingresos y Egresos 2023. Para el Ministerio de Cultura y Deportes aprobó un techo de Q672.7 millones, de los cuales Q574.3 millones son para funcionamiento y Q98.4 millones para inversión. Según la Ley de Contrataciones del Estado, todas las entidades públicas deben, antes de cada ejercicio fiscal, programar las compras, suministros y contrataciones que harán durante el año y este debe publicarse en Guatecompras. En 2022, planificaron 1 mil 028 compras. Sin embargo, al consultar en Guatecompras el Plan Anual de Compras 2023, este aún no se encuentra publicado, por lo que no es posible aún conocer cuáles son las compras que realizarán los próximos meses. Según el presupuesto, el programa con más fondos es el del fomento al deporte no federado y a la recreación, con Q232 millones. Luego le sigue la Restauración, Preservación y Protección del Patrimonio Cultural y Natural, con Q147.3 millones. De quedar vigente el acuerdo ministerial donde se establece el tarifario de Q1 a partir de la fotocopia número 11, los costos que implicaría pedir información y conocer detalles sobre la ejecución del presupuesto 2023 podrían elevarse.

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Por su parte, emitió un comunicado aduciendo que "la disposición tiene fundamento legal en lo regulado por el artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública, en la que se faculta a entidades del Estado a realizar el cobro de los gastos por reproducción de información". Sin embargo, este pronunciamiento obvia el hecho que, según dicho artículo, en ningún caso el costo por reproducción de copias podrá será superior a los costos del mercado y no podrá exceder los costos necesarios para la reproducción. Además, se indica que el acceso a información pública debe ser gratuito cuando la consulta se hace en las oficinas de la institución. Para Eddy Cux, abogado de Acción Ciudadana, el acuerdo ministerial contradice el principio de gratuidad y sencillez que establece la ley para acceder a información pública. El cobro de un quetzal por copia excede cuatro veces lo que cuesta una copia en el mercado. Este tipo de normativa lo único que hace es obstaculizar el acceso a información pública de la población. El Ministerio de Cultura debería evaluar este tipo de normativas puesto que violan derechos humanitarios”, comentó. En este caso, correspondería a la PDH presentar un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) para que se deje sin efecto esta normativa. De igual forma, la Contraloría General de Cuentas podría hacer una auditoría de cumplimiento para obligar al ministerio a retractarse del tarifario impuesto, explicó Cux.

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