La semana pasada el Registro de Ciudadanos informó sobre tres personas que ya habían sido inhabilitadas, e informó sobre otras pero sin identificarlos porque los afectados no habían sido notificados de la sanción.
Hasta el momento suman 10 los inhabilitados, tres de ellos ya habían sido notificados, el resto se enteró esta semana. La decisión no es final, debido a que estas personas aún pueden apelar y recurrir a varios recursos legales antes de que la decisión quede en firme
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Las personas que, por el momento, no podrían ser candidatos durante el proceso electoral del 2019 son:
- Milton Francisco Guerra Calderón, diputado de Frente de Convergencia Nacional.
- Ana Lucía Menéndez Montenegro de Oliva, alcaldesa de la cabecera departamental de Zacapa.
- Aníbal Fausto Maldonado Barrios, alcalde de Ocós, San Marcos.
- Juan Aguilar Ruiz, alcalde San Juan Ostuncalco, Quetzaltenango.
- Carlos Reynabel Samayoa Urízar, Gobernador de Quiché.
- Byron Ronaldo Alvarado Marroquín, alcalde de Granados, Baja Verapaz.
- Josué Abel Pol Rojas, alcalde de Río Bravo, Suchitepéquez.
- Víctor Hugo Cifuentes Delgado, exalcalde de San Pedro Carchá.
- Moisés Escobar Salazar, excandidato a alcalde de Fraijanes.
- Manuel de Jesús Delgado, alcalde de Mazatenango.
Las últimas tres personas de la lista fueron quienes recibieron la notificación hace varios meses, incluso ya presentaron una apelación ante los magistrados del Tribunal Electoral.
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Más de 100 apercibidos
El Registro de Ciudadanos del TSE informó que al menos 100 personas ya han sido advertidas para que no promocionen su imagen en época no electoral.
Entre los apercibidos se encuentra Roberto Arzú, hijo del fallecido alcalde capitalino Álvaro Arzú, quien se perfila como el futuro candidato presidencial de la organización política Podemos, que tiene planificada su asamblea general en febrero.
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Según el Registro de Ciudadanos, se han analizado algunos perfiles y páginas de Arzú y “a criterio de la Inspección está haciendo algunas publicaciones donde está promoviendo su nombre y su imagen”.
“Estamos en ley, nosotros hemos visto muy claramente lo que dice la Ley Electoral y efectivamente no estamos haciendo nada diferente de lo que hacen otras personas que participan en política partidista. Hemos analizado muy bien la Ley y jamás vamos a infringirla”, señaló Arzú.
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Qué dice la ley
En 2016 el congreso aprobó reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, entre las modificaciones se creó el artículo 94 bis, que establece propaganda ilegal de personas individuales.
“No será inscrito como candidato quien haga campaña a título individual a cargos de elección popular publicitando su imagen, en los diferentes medios de comunicación social, antes de la convocatoria oficial de elecciones sin perjuicio de las sanciones que procedan en contra de la organización política, las asociaciones y fundaciones que lo promuevan. Previo a la sanción deberá agotarse el procedimiento establecido en el Reglamento”, señala el texto.
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