El pasado 25 de marzo, tanto Bran como Arzú fueron advertidos para que ya no continuaran con una serie de actividades que podrían encuadrar dentro de “propaganda ilegal”, ya que podrían no ser inscritos.
En el caso de Bran, en ese entonces el Registro de Ciudadanos le advirtió para que ya no transmitiera su podcast y que lo retirara de cualquier espacio de difusión.
En la notificación de este 28 de octubre, señala que Bran se “soslayó” -pasó por el alto- el dar cumplimiento a la advertencia y continuó realizando las actividades hasta el 27 de mayo del 2022, por lo cual se le negará la inscripción en el “evento electoral venidero”.
Mientras tanto, a Arzú en marzo pasado el Registro de Ciudadanos le advirtió por una serie de publicaciones en su cuenta de Twitter en las cuales entrega pipas de agua en distintas comunidades, portando una gorra blanca con el lema #HagamosGrandeGuate, con lo cual creó una línea de trayectoria con fines políticos y con miras a las elecciones, por lo cual se le pidió dejar de hacerlo.
En la resolución se explica que Arzú declaró bajo juramento que suspendería de manera inmediata las actividades de propaganda, pero se continuaron realizando hasta el 28 de julio del 2022, por lo cual se aplicó la sanción para que no sea inscrito en las elecciones 2023.
Reacciones
El portavoz de la Municipalidad de Mixco, Mynor Espinoza, afirmó que el alcalde Neto Bran se defenderá legalmente derivado de la resolución del TSE y negó que el jefe edil haya incurrido en campaña anticipada.
“En efecto se va a continuar con el debido proceso legal, ya que en ningún momento se ha hecho campaña anticipada, no se ha promovido ni como alcalde, ni como presidente, ni se ha hecho propaganda en ningún partido político. Sigue siendo una persona pública, y se defenderá como corresponde legalmente”, aseguró Espinoza.
También se buscó una postura con Arzú, pero no atendió las llamadas telefónicas hechas.
Según fuentes del TSE, actualmente hay otros 23 expedientes que están en trámite por posible campaña anticipada.
Por medio de un comunicado, el TSE amplió que con base al artículo 94 Bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos y el articulo 62 Quater del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, notificó a las referidas personas de la posible no inscripción de postulación a cargo de elección popular en el evento electoral venidero.
Afirmó que ambos han incumplido los artículos indicados al realizar publicaciones en diferentes redes sociales y en su oportunidad fueron advertidos de esta situación, por lo tanto, el Registro de Ciudadanos resolvió de conformidad con la ley.
Señaló que Roberto Arzú realizó propaganda ilegal de persona individual mediante las cuentas en Facebook y Twitter.
Mientras que Neto Bran se promociona con la realización de un podcast cuyos episodios se encuentran en las plataformas de Facebook, YouTube, TikTok y Spotify, teniendo cada semana un invitado distinto.
En Facebook se Identifica como “creador digital”, mientras que en las otras redes sociales se identifica como alcalde municipal observándose que las mismas se tornan políticas.