Política

TSE modifica mecanismo para inscripción de ciudadanos y actualización de datos para guatemaltecos en el extranjero

TSE publica acuerdo en el que modifica el artículo 7 del Reglamento de Voto en el Extranjero y define distintas modalidades para registrarse o actualizar datos en esa dependencia.

Empadronamiento en Guatemala. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

Empadronamiento en Guatemala. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó este lunes 12 de julio, en el Diario de Centro América, el Acuerdo 244-2021, con el que modifica el artículo 7 del Reglamento de Voto en el Extranjero incluido en el acuerdo 274-2016, en lo referente a los mecanismos de inscripción de ciudadanos o actualización de guatemaltecos residentes en el exterior.

El acuerdo es del 7 de julio de 2021 y está firmado por Ranulfo Rojas, presidente del TSE, y los magistrados Irma Palencia, Blanca Alfaro, Gabriel Aguilera y Mynor Franco Flores.

El TSE en la publicación detalla que para facilitar la inscripción y actualización en el Registro de Ciudadanos de los guatemaltecos que residen en el extranjero es necesario ampliar la cobertura de la modalidad presencial de dicho servicio en el exterior y que no se circunscriba únicamente a las sedes consulares, lo que se estima coadyuvaría a viabilizar el ejercicio del sufragio de los connacionales, por lo que es necesario modificar el artículo 7 de dicho reglamento.

El artículo 7 del Reglamento de Voto en el Extranjero queda así:

Mecanismos para la inscripción de ciudadanos. Para el proceso de inscripción o actualización de ciudadanos guatemaltecos residentes en el exterior, s establecen los siguientes mecanismos.

  1. Presencialmente en las oficinas del Regitro de Ciudadanos, habilitadas para el efecto en Guatemala
  2. Vía internet, ingresando al sitio web autorizado por el TSE, debiendo seguir los pasos que en el mismo se señalen.
  3. Presencialmente en los puestos de empadronamiento que el Registro de Ciudadanos del TSE instale en los consulados guatemaltecos.
  4. Presencialmente en los puestos de empadronamiento que el Registro de Ciudadanos del TSE instale en lugares ubicados fuera de los consulados guatemaltecos, previa coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo a los procedimientos establecidos para el efecto.

 

El inciso d del acuerdo es la modificación que se hizo al Reglamento de Voto en el Extranjero, el cual permitirá instalar puestos de empadronamiento en sitios fuera de los consulados guatemaltecos en el extranjero.

El acuerdo entra en vigencia el día e su publicación en el diario oficial.

 

ESCRITO POR:

Julio Román

Periodista de Prensa Libre especializado en política, seguridad y justicia con más de 20 años de experiencia.