Política

TSE apela amparo definitivo que favoreció a Zury Ríos

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) apeló el amparo definitivo que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le otorgó a la candidata presidencial por el Partido Valor, Zury Ríos, quien dijo que le sorprende porque el TSE apeló el amparo otorgado en definitiva.

Roberto Molina Barreto y Zury Ríos Sosa,al momento de llegar al Tribunal Supremo Electoral donde les entregaron sus credenciales de candidatos presidenciales del partido Valor. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Roberto Molina Barreto y Zury Ríos Sosa,al momento de llegar al Tribunal Supremo Electoral donde les entregaron sus credenciales de candidatos presidenciales del partido Valor. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El presidente del TSE, Mario Aguilar Elizardi, informó que se apeló en la Corte de Constitucionalidad (CC) el amparo definitivo que la CSJ le otorgó a Zury Ríos para que participe como candidata.

La acción se presentó la tarde de este martes en la CC, instancia que revocó el amparo provisional que la CSJ le había otorgado a Ríos para ser inscrita en el TSE.

Los magistrados del TSE avalaron la decisión del Registro de Ciudadanos de no inscribirla por tener impedimento constitucional. Ya con anterioridad el TSE ya había apelado el amparo provisional que le había otorgado la CSJ a Zury Ríos y ese es el escenario que se repetirá, donde la CC tendrá la última palabra respecto a la participación de Ríos.

El 28 de enero el Registro de Ciudadanos rechazó en primera instancia la inscripción del binomio del partido Valor, porque Ríos Sosa es hija de Efraín Ríos Montt, que fue jefe de Estado de facto en 1982 y, según la Constitución, está prohibido que familiares de un golpista compitan por la presidencia. El pleno de magistrados del tribunal electoral revalidó ese argumento al resolver sin lugar un recurso de nulidad que planteó el partido Valor contra la decisión del Registro de Ciudadanos.

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Sin embargo, una acción fue presentada ante la CSJ del miércoles 13 de febrero benefició a Zury Ríos Sosa y ordenó su inscripción a través de un amparo provisional, del que se inhibieron de votar las magistradas Delia Dávila y Silvia García. Posteriormente la CSJ otorgó el amparo en definitiva, por mayoría.

Ríos en su cuenta de Twitter envió un mensaje e indicó que le sorprende porque el TSE apeló el amparo otorgado en definitiva.

La candidata dijo que evidentemente tienen diferencias con otros proyectos políticos, pero en eso consiste la democracia en debatir y que el pueblo decida. Estamos sumamente sorprendidos por la apelación que hizo el TSE al amparo definitivo que otorgó la Corte Suprema de Justicia.

“Están inscribiendo candidatos sin finiquito, con órdenes de aprehensión con faltas y atrasos en la documentación entendemos que con el objeto de entender muchos participantes en la contienda y nosotros estando en Ley y sin tener orden de aprehensión ni causa penal pendiente, entregamos todo a tiempo y en cabalidad y ambos tenemos finiquitos así que nos sorprende que el TSE no nos trate en igualdad de condiciones. Esto es una persecución política”, dijo Zury.

Las prohibiciones

El artículo 186 de la Constitución establece varios supuestos que inhabilitan a las personas a postularse a la presidencia.

El inciso a) prohíbe que quienes tomen acción en un golpe de Estado o revolución armada que altere el orden constitucional puedan optar a la presidencia. A su vez, prohíbe a quienes hayan asumido la jefatura de gobierno como consecuencia de tales acciones asumir la presidencia. Acá está la figura de Efraín Ríos Montt, padre de Zury Ríos, quien asumió la jefatura de gobierno después del golpe de Estado a Romeo Lucas García, en 1982.

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El mismo artículo, en el inciso c) contiene dos supuestos. Por una parte, prohíbe a los parientes dentro de los grados de ley del presidente o vicepresidente dentro del periodo en que se encuentren ejerciendo los cargos. Además, prohíbe a los parientes de los sujetos mencionados en el inciso a), es decir, a quienes hayan tenido parte en una revolución armada o golpe de Estado y quienes ocupen la jefatura de gobierno producto de tales hechos. Por esta razón Zury Ríos caería en tal supuesto y aplicaría la prohibición constitucional.

Zury Ríos sí fue inscrita y participó como candidata presidencial en las elecciones de 2015, sin embargo, su participación fue permitida por un amparo de la Corte Suprema de Justicia que obligó a su inscripción ante el TSE y aunque la acción llegó hasta la CC, esta solo resolvió un amparo provisional que en mayo de 2017 dejó sin materia, luego que Ríos Sosa ya había participado y no había ganado las elecciones, por lo tanto, no sentó ningún precedente.

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