Guatemala

Secretarías incumplen Ley de Acceso a la Información

Instituciones evaluadas  publican de manera desagregada la información establecida en la norma general y no publican datos sobre salarios.

Secretarías del Ejecutivo incumplen con la Ley de Acceso a la Información Pública. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Secretarías del Ejecutivo incumplen con la Ley de Acceso a la Información Pública. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Un informe de la  Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Acceso a la Información (Secai), de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), detalla que 17 de 18 secretarías del Ejecutivo incumplen con la Ley de Acceso a la Información, al no publicar como se debe los salarios de trabajadores y funcionarios.

El artículo 10, numeral 4, y el artículo 11, numeral 2, definen que se debe publicar “número y nombre de funcionarios, servidores públicos, empleados y asesores que laboran en el sujeto obligado y todas sus dependencias, incluyendo salarios que corresponden a cada cargo, honorarios, dietas, bonos, viáticos o cualquier otra remuneración económica que perciban por cualquier concepto”.

El informe refiere que las secretarías con menor transparencia en el manejo de la información del recurso humano son las de la Paz, Privada de la Presidencia, Nacional de Ciencia y Tecnología y la Técnica del Consejo Nacional de Seguridad.
Las entidades mencionadas publican listas por separado del personal, sin detallar el ingreso individual de cada trabajador o funcionario, mientras que la SAAS no publica los cargos de cada uno de los empleados.

La metodología de supervisión se hizo al revisar los portales electrónicos durante la primera y segunda semanas de octubre último.

La Secai hará un nuevo monitoreo 10 días después de la entrega del informe, con el objetivo de asegurar el adecuado cumplimiento de las entidades supervisadas en la publicación de la información de oficio.

En este informe no se incluyó a la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado, por disposición de su ley orgánica.

Ocho secretarías están mejor calificadas, pero no incluyen viáticos de cada trabajador. Estas son la de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, Presidencial de la Mujer, Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio, Ejecutiva de la Comisión contra las Adicciones y el Tráfico Ilícito de Drogas, de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia,  de Bienestar Social de la Presidencia y Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.

Entre las mejor calificadas se encuentran la Secretaría  General de la Presidencia de la República, la Vicepresidencia de la República, de Comunicación Social, de Asuntos Administrativos y de Seguridad, de Planificación y Programación de la Presidencia y de Asuntos Agrarios.

Esta última es la que cumple con todos los indicadores que exponen los artículos de la Ley de Acceso.
El informe indica que para la mayoría de instituciones es válida la publicación por separado de indicadores, pero la mencionada ley no lo  establece así.

Secretaría General niega datos

Prensa Libre entregó una solicitud de acceso a la información pública a la Secretaria General de la Presidencia el 24 de octubre último.

Se pedía que fuera entregada la lista de todas las empresas a las que el presidente Jimmy Morales ha autorizado la exoneración de multas de impuestos, del 14 de enero al 24 de octubre pasado.

Se indicó que precisaran los montos que se exoneraron a cada una de las empresas y el monto que debía pagar.
Con el fin de hacer un cuadro comparativo, se solicitó a la Secretaría que también entregara la lista de empresas exoneradas de multas por impuestos, en su primer año de administración, los presidentes Otto Pérez Molina, Álvaro Colom Caballeros y Óscar Berger.

En la carta que se entregó a la Secretaría se indicó que la información sería utilizada para elaborar textos periodísticos, y debido a que la petición no encuadraba en ninguna prohibición del artículo 23 de la Ley de Acceso a la Información Pública, se esperaba que fuera entregada lo antes posible.

El 7 de noviembre último se recibió una notificación de la Unidad de Información Pública de la Secretaría General de la Presidencia, firmada por Carlos Humberto Alvarado Obregón, quien indica que no es posible acceder a lo solicitado en consideración al contenido de los artículos 24 de la Constitución —que trata de la inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros— y el 21 de la Ley de Acceso a la Información —que habla de los límites del derecho al acceso a la información, particularmente a lo establecido en la Constitución—.

El documento entregado como respuesta a Prensa Libre  no tiene ninguna explicación ni interpretación  de los artículos legales que menciona.

ARCHIVADO EN:

Acceso De Ley