Política

Recursos en el TSE por cancelación de Semilla podrían ser conocidos en el 2025

Pleno de magistrados del TSE aún no conoce resolución del Registro de Ciudadanos respecto a la cancelación del Movimiento Semilla.

Blanca Alfaro, presidenta del TSE. (Foto Prensa Libre: Byron Baiza)

Blanca Alfaro, presidenta del TSE. (Foto Prensa Libre: Byron Baiza)

El viernes pasado, integrantes del partido Movimiento Semilla presentaron una apelación ante el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo electoral (TSE) para evitar que la agrupación política sea cancelada por orden del juez Fredy Orellana; sin embargo, ese recurso aún no ha sido elevado al pleno de magistrado y, según la presidenta del ente electoral, Blanca Alfaro, podría demorar varios días en conocerse.

“En primer lugar la califica el señor registrador de ciudadanos, el tendrá que recurrir con un informe si así lo considerara o si no pues también él tiene la facultad de algún rechazo”, explicó Alfaro.

Según el artículo 191 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, una vez interpuesto un recurso de apelación, se tiene un plazo de tres días para que el Registro de Ciudadanos eleve al pleno de magistrados del TSE el expediente junto a un informe circunstanciado.

Posteriormente el TSE “dará audiencia a los interesados por el plazo de tres días y con su contestación o sin ella, en el plazo de ocho días será dictada la resolución correspondiente”.

No obstante, el Tribunal Supremo Electoral laborará hasta el 18 de diciembre debido a descansos establecidos por la celebración de Navidad y Año Nuevo, por lo que una resolución definitiva podría conocerse hasta el próximo año debido a los plazos establecidos en la LEPP.

Alfaro explicó que, en casos anteriores de cancelación de partidos políticos, no por orden de juez, los procesos para resolver en definitiva pueden demorar varios meses.

“Para el Tribunal Supremo Electoral es difícil decir qué acciones podrían entablar, recordémonos que nosotros no somos parte. Aquí lo primero es un análisis que tienen que hacer los abogados que llevan el caso y ellos tendrán que accionar de la manera que consideren pertinente y el Tribunal tendrá que ir conociendo los casos”, dijo Alfaro.

Añadió que el Pleno de magistrados del TSE conoce en caso de una apelación o de una resolución del registrador de ciudadanos, como en este caso.

“El Pleno conocería, pero la organización también puede recurrir ante la Corte Suprema de Justicia en un amparo, luego pueden recurrir también ante la Corte de Constitucionalidad, lleva un debido proceso”, agregó.

ESCRITO POR:

Leslie Sánchez

Periodista de Guatevisión. Trabajó en radio y televisión, cubriendo política, economía y derechos humanos. Tiene 5 años de experiencia.