Con fecha 30 de octubre la cartera de Salud envió un oficio al TSE señalando la necesidad de que se cuente con un protocolo de medidas de bioseguridad, considerando que dichas actividades políticas podrían ser de riesgo durante la pandemia del coronavirus. Para el partido Todos esta medida carece de bases legales y por ello presentaron la acción legal ante la CSJ.
“Esto a todas luces, como podemos observar, es ilegal, ya que en primer lugar es una extralimitación de funciones. No le corresponde a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) decretar medidas sanitarias, ya el Ministerio de Salud, a través de un acuerdo ministerial, y el Organismo Ejecutivo, a través de un acuerdo gubernativo, han dictado las medidas sanitarias”, precisó Emerson García, fiscal del partido Todos.
García manifestó que conocen que esta medida se dio tras una supuesta reunión entre el presidente Alejandro Giammattei y los magistrados electorales, información que reveló el bloque de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), el 4 de noviembre.
“Llama mucho la atención que esto se dé días de una reunión, que según tuvimos conocimiento se dio entre los magistrados del TSE con el presidente de la república en el que se discutía el presupuesto del próximo año para el tribunal”, precisó.
Este segundo partido político, la UNE, también advirtió que presentará acciones legales por señalar que las medidas dictadas atentan contra la democracia. La UNE señala que hay un contubernio entre el Ejecutivo y el TSE para bloquear la actividad partidaria a cambio de Q175 millones.
La bancada Todos había citado para este jueves 5 de noviembre a la ministra de Salud y al titular de la Comisión Presidencial de Atención a la Emergencia Covid – 19 (Coprecovid), para conocer los criterios técnicos para emitir esa recomendación, pero los dos funcionarios presentaron excusas.
El acuerdo
El acuerdo 360-2020 señala que quedan suspendidas las asambleas nacionales, departamentales y municipales, en tanto el TSE cuente con los protocolos de bioseguridad y protección para este tipo de actividades, aprobados por el Ministerio de Salud con la finalidad de resguardar la vida, salud e integridad de las personas.
En su artículo 2 ordena instruir a las respectivas delegaciones y subdelegaciones a escala nacional, de las disposiciones que regula el presente acuerdo a efecto de dar estricto cumplimiento.
Además, se contempla solicitar el apoyo del personal técnico del referido Ministerio, así como a la Comisión Presidencial para la Atención de la Emergencia covid-19 para la elaboración y revisión técnica de los protocolos referidos.