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El acuerdo ministerial 545, firmado por la canciller Sandra Jovel, y el viceministro Pablo César García Sáenz, comenzó a ser efectivo el 2 de enero de este año y establece que “la rotación o traslado -del personal- se llevará a cabo anualmente de forma programada y escalonada, a fin de evitar que se debilite la capacidad de acción de la Misión Diplomática o Consular”.
Con ese documento se puso en marcha la “Política general para la rotación y traslado de Personal Diplomático y Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores”, con la que se norman los cambios para el personal que trabaja tanto en la planta central de la Cancillería como en el servicio exterior, la cual puede ser hacia el exterior y viceversa, de un continente a otro, de un país a otro o en el mismo país al que se designa.
También se indica que para hacer efectivas las rotaciones o traslados, será el Minex, junto con el Consejo de la Cancillería, quienes evalúen cada año los movimientos que se consideren necesarios y para ello tomarán en cuenta el desempeño, récord laboral, formación y experiencia. Además, quien sea removido o trasladado debe ser notificado con un mínimo de tres meses de anticipación.
En el acuerdo ministerial se indica que los traslados y rotaciones son de cumplimiento obligatorio para el personal designado y también se presenta un plan para efectuarlos.
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En la planta central de la cartera se puede permanecer en uno o varios cargos sucesivos por un máximo de 4 años.
En el servicio exterior se pueden desempeñar funciones en no más de dos destinos sucesivos por un máximo de 6 años.
En las misiones que se encuentran en países en condiciones de vida difícil, debido a situaciones de clima, medio ambiente, economía o de riesgo, la permanencia no excederá de 2 años.
Los países en condiciones de vida difícil se consideran a Venezuela, Cuba, India, Tailandia, Indonesia, Emiratos Árabes Unidos e Israel.
Nuevo ministro puede derogarlo
El acuerdo ministerial 545 puede ser derogado por el ministro de Relaciones Exteriores designado, Pedro Brolo, cuando tome posesión del cargo; además, contradice la Constitución y la Ley de Servicio Diplomático, asegura el excanciller Gabriel Orellana.
Según el exfuncionario, se trata de un acuerdo de tercera categoría, antes y con más peso están los acuerdos que dicta el presidente en consejo de ministros y los acuerdos gubernativos.
Además, dice Orellana, el acuerdo evidencia desconocimiento del artículo 183 de la Constitución, en donde se establece que es facultad del presidente nombrar y remover a los ministros, viceministros y embajadores, además de otros funcionarios cuando corresponda.
También, señala el excanciller, el artículo 83 de la Ley Orgánica de Servicio Diplomático indica que quien tiene el poder de nombramiento es el presidente, utilizando como vocero al ministro de relaciones exteriores.
Orellana cuestiona la creación de un consejo porque, reafirma, es el presidente quien decide estos cambios.
Además, se lamenta que la nueva disposición ministerial también pone en riesgo los derechos adquiridos por los empleados del Minex.
“Es un monumento a la inutilidad. Alguien quiso quedar bien con la ministra y ella lo firmó porque está perdida”, señaló Orellana.
El encargado de comunicación del canciller designado afirmó que Brolo está en reuniones permanentes relacionadas a los detalles de la transmisión de mando, pero que el equipo legal está en proceso de análisis del acuerdo en cuestión, para así, después del 14 de enero, “tomar decisiones correctas y apegadas al marco legal que sean de beneficio para nuestro país”.
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