- Lea aquí el informe (PDF)
Es legítimo
“En base a sus honestos conocimientos en la decencia y en la honorabilidad, se determina que los hechos manifestados en el expediente de antejuicio no se han promovido por razones espurias o ilegítimas”, dice el informe, lo que estaría validando hechos que ameritan una investigación más profunda al entonces secretario de FCN-Nación y ahora presidente de la República, Jimmy Morales.
Interés político
El informe reconoce que no hay razones espurias en la solicitud de antejuicio presentada por el MP, sin embargo, en una de sus conclusiones, detalla: “…antejuicio se pudo haber promovido por razones políticas en la forma, tiempo y modo en la que fue presentada, especialmente en lo relacionado al momento de la promoción de antejuicio cuando el señor presidente, en el marco de una reunión con el secretario de las Naciones Unidas para tratar temas relacionados a la Cicig, por lo que deja en consideración del pleno del Congreso de la República el evaluar si existen elementos políticos que hubieran podido condicionar la presentación de la solicitud de antejuicio”.
Debe proceder
El informe circunstanciado recomienda retirar la inmunidad porque “existen elementos”.
Agrega: “el señor Jimmy Ernesto Morales Cabrera, en su calidad de Presidente de la República, debe ser puesto a disposición de la justicia común, en virtud de la probable participación en los hechos concernientes a la falta de presentación de informes y negativa a proporcionar información al órgano electoral, durante su gestión como secretario general de la organización política Frente de Convergencia Nacional”.
No hay indicios
El informe también incluye un párrafo donde niega que existan indicios que sugieran que el secretario general del FCN-Nación tenga alguna responsabilidad en los aportes y financiamiento de la organización.
“A los hechos relacionados a las contribuciones realizadas a la organización política FCN-Nación, no existen indicios para considerar que el secretario General tuvo intervención ni participación directa en los hechos planteados en el expediente de antejuicio”.