Política

La CC suspende provisionalmente la ampliación presupuestaria de Q14 mil millones

Trece días después de que el Congreso aprobó un nuevo techo del gasto, la CC, por mayoría, decidió suspenderla, aunque la decisión no fue compartida por todos los magistrados.

Uno de los magistrados titulares de la CC consideraba necesarios emitir recomendaciones. Fotografía: Prensa Libre.

La CC conoció este lunes una serie de amparo que fueron acumulados y que cuestionaban la ampliación presupuestaria. Fotografía: Prensa Libre.

La ampliación presupuestaria que el pasado 13 de agosto fue aprobada por el Congreso y que era sinónimo de victoria entre autoridades de Gobierno y diputados oficialistas, quedó en suspenso este lunes 26 de agosto. La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un amparo provisional que anuló el decreto que todavía estaba en el Legislativo.

En una sesión celebrada este lunes, la CC dio un amparo provisional a favor de diputados de oposición y organizaciones que cuestionaban la ampliación de Q14 mil millones, lo que deja como principal efecto detener el traslado de recursos al gobierno de Bernardo Arévalo.

Los amparos contra la ampliación presupuestaria, que fueron acumulados, se presentaron por Sandra Jovel, diputada de Valor; Héctor Aldana, del bloque Vamos; la Fundación contra el Terrorismo; Guatemala Inmortal y el alcalde de San Juan Sacatepéquez, Juan Carlos Pellecer.

Por el momento se desconocen por menores de la sesión, pero trascendió que el magistrado titular Roberto Molina Barreto habría emitido un voto razonado concurrente.

El magistrado comparte que hubo acciones indebidas en la sesión plenaria en donde se interrumpió una interpelación para darle paso a la ampliación presupuestaria, pero no comparte el efecto que conlleva otorgar un amparo provisional porque queda en suspenso la ampliación de recursos que estaba contenida en el Decreto 16–2024.

Los argumentos

La resolución de la CC da cuenta que hubo una interrupción en la interpelación que mantiene la diputada Jovel en contra del ministro de Gobernación, Francisco Jiménez. Lo que motivó la resolución que deja en suspenso la ampliación presupuestaria.

“La interrupción de un acto de interpelación puede realizarse, únicamente cuando se tenga como propósito dar paso a la realización de aquellos actos que  constitucionalmente tienen regulado plazo y fecha para ejecutarse, pues no hacerlo, se produciría una situación fáctica concreta que provocaría una ruptura institucional y orgánica del Estado”, indica la resolución.

Por lo que a consideración de la Corte hubo vicios dentro del pleno del Congreso cuando interrumpieron el juicio político. Para luego dar paso a la ampliación presupuestaria.

“El actuar de la autoridad reprochada, pude conllevar vulneración a lo dispuesto en el artículo 166 de la Constitución (…) ni el Congreso en pleno, ni autoridad alguna, podrá limitar a los diputados al Congreso de la República el derecho de interpelar”.

Quien no compartió del todo la decisión fue el magistrado titular Roberto Molina Barreto. Porque estima que si hubo vicios en la interpelación, pero no comparte que el efecto del amparo provisional sea dejar en suspenso el decreto emitido en un acto legislativo.

“Al amparo provisional se le debió dar el efecto positivo de ordenar que en la próxima sesión convocada, el Pleno del Congreso de la República  continuara, prescindiendo de cualquier interrupción notoriamente infundada, con el trámite de la interpelación suspendida, permitiendo a los Diputados solicitantes de la interpelación y a los demás Diputados que así lo estimen, el pleno uso de su derecho para la formulación de las preguntas que consideren deban realizar a los respectivos funcionarios”, explica el razonamiento de Barreto.

El magistrado titular reafirma que existen precedentes constitucionales por temas similares que no fueron tomados en cuenta. Además, que el fondo de la ampliación todavía estaba siendo revisada por el Congreso por una serie de objeciones que recibió el decreto.

“Para la solución de los conflictos que se plantean existen precedentes emanados de este Tribunal, que ya se pronunciaron sobre ello, en los que se reconoció en el Congreso de la República la posibilidad de analizar, mediante un adecuado juicio de ponderación, la necesidad de interrumpir una interpelación en curso para dar paso a una función legislativa que le devenga urgente, ello sin perjuicio de reservar su análisis por vía de amparo de percibirse exceso en el ejercicio de esta facultad”.

Quienes sí estuvieron de acuerdo con el efecto del amparo provisional, que dejó en suspenso la ampliación presupuestaria, fueron los magistrados Nester Vásquez, Leyla Lemus, Dina Ochoa y Héctor Hugo Pérez Aguilera.

Gobierno versus oposición

Hasta la semana pasada, el presidente, Bernardo Arévalo, había dicho que los amparos presentados en contra de la ampliación no tenían "ni pies, ni cabeza", por el contrario "los promueven precisamente los mismos actores que han venido operando en favor de la corrupción".

Mientras tanto, el Ministerio de Finanzas había declarado que estaba a la espera del trámite para que cobrara vigor la ampliación y disponer de los Q14 mil 451 millones. Para el ministro de Finanzas, Jonathan Menkos, solo faltaba un proceso de revisión de estilo del decreto aprobado y de unas "probables" objeciones que había que evacuar para que el Ejecutivo finalemente pudiera sancionarlo.

“En esa ampliación hay recursos que es indispensable ejecutar, pero Finanzas y el Ejecutivo estaban esperando el espacio presupuestario para hacerlo, como el fondo de primera vivienda y recursos para mejorar la adquisición de medicamentos, esfuerzos que deben ser trasladados también a las diferentes entidades que reciben recursos de acuerdo al marco legal. La ampliación va a servir para darles oxígeno a los programas que se están impulsando”, explicó Menkos.

¿Un plan B?

Sobre un eventual plan B, en caso de que la Corte, como finalmente lo hizo, suspendiera la vigencia de la ampliación, el titular de la cartera del Tesoro explicó que durante el año se han aplicado medidas para facilitar continuar con el presupuesto actual, pero la importancia del reajuste es que permitiría avanzar en los distintos planes del gobierno.

Explicó que de no entrar en vigencia el decreto, no se requerirá contención del gasto del presupuesto actual porque “el reajuste presupuestario lo que permite es cumplir las primeras propuestas que hicimos a la sociedad en términos de políticas públicas para el crecimiento, el bienestar y la generación de empleo”.

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de expreiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.