El órgano electoral defenderá el argumento con el que negó en primera instancia la inscripción: Ríos tiene en contra la prohibición del 186 de la Constitución, al ser hija de Efraín Ríos Montt, quien llegó al poder a través de un golpe de Estado en 1982.
El artículo 186 y el inciso a) dicen: Artículo 186.- Prohibiciones para optar a los cargos de Presidente o Vicepresidente de la República. No podrán optar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República: a. El caudillo ni los jefes de un golpe de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, ni quienes como consecuencia de tales hechos asuman la Jefatura de Gobierno.
Mientras tanto, el partido defiende que ese artículo no aplica para sus aspiraciones presidenciales y que goza del derecho de elegir y ser electa.
Luego de la vista pública, la CC tiene tres días para resolver si falla a favor del TSE o de Ríos.
El plazo se puede ampliar por cinco días más, si los magistrados consideran que la gravedad del asunto lo justifica.
Si la resolución fuese positiva para Ríos, la candidata aparecerá en la papeleta el 16 de junio; de ser negativa, terminará su participación en estas elecciones porque no queda otra instancia jurídica.
Además, si el fallo fuera adverso, Ríos no podrá aspirar a la Presidencia ni sus hijos y sus nietos, ya que la prohibición afecta al segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad. No obstante, sí podría aspirar a otros cargos, como diputaciones y corporación municipales.
Mientras la candidatura de Ríos aún está pendiente, el partido Valor ya presentó al TSE la foto con la que el binomio presidencial quiere salir en la papeleta que, dicho sea de paso, no fue ninguna de las dos por las cuales la propia Ríos invitó a sus simpatizantes a elegir a través de redes sociales.
Caso de Aldana
Por aparte, la candidatura de Thelma Aldana sigue entre la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Corte de Constitucionalidad (CC).
La Suprema, que denegó el amparo provisional al Movimiento Semilla para que la exfiscal general sea inscrita, aún no traslada a la CC la apelación que hizo ese partido contra esa resolución.
Según la oficina de comunicación social del Organismo Judicial, se tiene previsto que el expediente sea enviado a la CC entre el 23 y 24 de abril, por lo que aún no lo conocerá el tribunal constitucional.
El Registro de Ciudadanos avaló la inscripción de Aldana, sin embargo, luego de varias impugnaciones, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral revocaron la inscripción, ante lo cual Semilla acudió, sin éxito, a la CSJ.
Entre los señalamientos contra Aldana que se tomaron en cuenta para revocar su inscripción fue que perdió validez la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos -finiquito- por la denuncia que esa institución presentó por la contratación irregular de José Carlos Marroquín para una consultoría en el Ministerio Público (MP) y quien ahora es parte de su equipo de campaña.
El sonado caso de la contratación del abogado Gustavo Bonilla, quien habría incumplido con sus responsabilidades como capacitador del MP, y por lo cual hay una orden de captura, no ha comprometido las aspiraciones políticas de Aldana, quien permanece en El Salvador.
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La CSJ aún está pendiente de resolver el amparo de manera definitiva y, de ser negativo, el Movimiento Semilla tendría que volver a apelar el fallo en la CC.
El tiempo juega en contra de las aspiraciones de Aldana ya que el TSE ha contemplado que el 16 de mayo esté finalizada la lista de candidatos para pasar a impresión de papeletas.
Sandra Torres
Por ahora la candidatura de Sandra Torres, de la UNE, sigue en firme, pero, en el ámbito judicial, el MP pidió a la CC un amparo para que la CSJ vuelva a conocer la solicitud de retiro de inmunidad contra Torres, el cual rechazó sin entrar a conocer el 27 de febrero.
Este recurso aún no se ha resuelto.
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