El siguiente paso será que la Presidencia pida a los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codedes) que no lo hayan hecho, envíen una terna de candidatos para que, en un plazo de cinco días a partir de la recepción de dichas propuestas, sea nombrado el gobernador.
Hasta 16 gobernadores departamentales podrían ser sustituidos de acuerdo con la última sentencia de la CC, debido a que son los que Morales nombró sin revisar las propuetas de la sociedad civil de los Codedes.
Desde febrero de 2016, cuando el presidente Jimmy Morales designó a los 22 gobernadores departamentales, comenzó una lucha de poder entre sectores de la sociedad civil, Codedes y los diputados distritales por los nombramientos.
La sociedad civil y los Codedes exigen que el gobernador salga de la terna. Además, se ha comprobado que diputados han apadrinado a excandidatos a las alcaldías de su departamento para que fueran nombrados gobernadores, pero estos fueron separados por amparos que presentó la sociedad civil en la CC.
A ese lío político se sumó el partido Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), que presentó amparos contra los nombramientos de gobernadores ante la CC.
Mientras tanto, expertos en política consideran que el constante cambio de estos funcionarios puede afectar la gobernabilidad del país, ya que retrasa la ejecución de los recursos para inversión pública, pero también envía una señal al presidente Jimmy Morales de escuchar a la sociedad civil de la provincia.
El vocero de la Presidencia, Heinz Hiemann, dijo que no harán comentarios hasta recibir la notificación.
La sentencia
El fallo definitivo de la CC, del 5 de julio, se da en el caso del nombramiento del gobernador de Sacatepéquez, Carlos Rafael Moreira Salazar, y enumera otros seis amparos contra las designaciones en Huehuetenango, San Marcos, Suchitepéquez, Totonicapán, Santa Rosa y Quiché.
El argumento es que no se aplicó el artículo 42 de la Ley del Ejecutivo, el cual establece que los gobernadores serán nombrados por el presidente, tomando en cuenta las propuestas por la sociedad civil de los Codedes.
La sentencia traslada su incidencia a otros casos. “Para los efectos estructurales acordados en este fallo, la autoridad denunciada —el presidente— deberá dejar sin efecto también cualquier otro nombramiento de gobernadores departamentales titulares y suplentes que se haya realizado sin la observancia de lo previsto en el artículo 42 de la Ley del Organismo Ejecutivo”, indica, lo que podría alcanzar a hasta 16 gobernadores, los cuales deberán ser sustituidos.