Serviría también para evitar las campañas negras y que hay algunos medios y plataformas particularmente en la provincia que se encargan de “difundir malos mensajes y crear una oposición totalmente desnaturalizada en contra de cualquier político y persona que quiera incursionar en política”, dijo la diputada Monte al justificar su propuesta.
- El primero artículo crearía el delito de acoso político con el cual cualquiera que realicen actos de presión, persecución y hostigamiento a las personas postulantes o electas de la función política durante o después del proceso electoral por cualquier medio de difusión o plataforma digital con la finalidad de impedir el ejercicio de su derecho político o induzca a tomar decisiones en función de su cargo en contra de su voluntad será sancionado con prisión de dos a tres años.
- Se contempla que, además, se imponga una inhabilitación para ejercer cargo público por un período similar al de la condena y que si fuera cometido por empleados o representantes legales de una persona jurídica o una empresa, además de la sanción, al particular se impondrá a la empresa una multa de dos Q1 mil a Q10 mil y si se produce reincidencia, se sancionará a la persona jurídica con su cancelación definitiva.
- El segundo artículo crearía el delito de violencia política, que señala que quien realicen una agresión física o psicológica o cualquier otro tipo de coacción, contra los postulantes o personas electas de la función política, durante o después del proceso electoral, con el fin de suspender, menoscabar u obstaculizar el ejercicio de sus derechos políticos, mandato o función, será sancionado con prisión de dos a cinco años.
- Para este delito también se contempla una inhabilitación para ejercer cargo público por un período similar al de la condena y si este fuera cometido por empleados o representantes legales de una persona jurídica o una empresa esta recibirá una multa de Q5 mil a Q20 mil y si hay reincidencia, se sancionará a la persona jurídica con su cancelación definitiva.
En redes sociales
Los alcances de los nuevos delitos que proponen los legisladores alcanzarían, incluso, las redes sociales, donde según la diputada Monte, se debería rastrear a través de la dirección electrónica de las computadoras quién o quiénes están atacando y criticando sin fundamento a un político.
“Incluso va la suspensión de sus deberes y serán sancionados con prisión e inhabilitación para ejercer cargo público similar a la condena. Recordemos que ahora que viene el proceso electoral montan un montón de páginas falsas y si no, no estamos hablando de democracia”, respondió Monte.
Lea también: Renap repite licitación y compra de tarjetas para emisión del DPI
La iniciativa aunque podría entenderse como una intolerancia a la crítica, los diputados ponentes no lo consideran así, por el contrario, señalan que es una protección a señalamientos sin pruebas de los cuales son víctimas. “Una crítica es muy diferente a una forma de difundir un mensaje que no ha sido probado. Por ejemplo, cuando nos dicen que estuvimos metidos en proceso de corrupción ¿como pueden probarlo? eso ya entra dentro de una sanción y es una forma de coacción que es candidata que siempre pasa y en especial en provincia”, afirmó la diputada Delia Bac.
Libre expresión y sus alcances
El presidente de la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), Julio Édgar García manifestó que desde ya rechazan rotundamente la iniciativa presentada por los cinco diputados, ya que es un atentado contra la Libre Emisión del Pensamiento.
“Todo ciudadano va a estar expuesto a no levantar la voz en este país, tanto contra diputados como funcionarios de todo tipo. Esto viene a criminalizar la Libre Emisión de Pensamiento y la Libertad de Prensa, porque todos los periodistas a no mencionar muchas situaciones que se dan en el camino en el actuar de estos diputados o de funcionarios públicos”, señaló García.
Para el procurador de Derechos Humanos, Jordán Rodas, cada funcionario debe cuidar su accionar. Sin embargo, la propuesta presentada este martes va en contra de derechos constitucionales.
“Se respeta como derecho que tienen de legislar, pero no la comparto. No va en consecuencia con la Constitución, es decir, claramente sería muy frágil y muy vulnerable a una acción de inconstitucionalidad de que el derecho de Libertad de Expresión prevalece sobre cualquier derecho”, mencionó el magistrado de conciencia vía telefónica.
Rodas sugirió a los diputados “cuidar su accionar” para evitar y disminuir las críticas de la sociedad de los opositores y distintas entidades. “No tenemos que tener la epidermis tan sensible”, agregó.
El titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos puso de ejemplo que también es blanco de críticas constantes en las redes sociales. “A mí me critican mucho y como funcionario tengo que asimilar con madurez las críticas. En mi caso la mayoría de las críticas son netcenters y me da igual”.
Según Rodas, existen aspectos más relevantes para legislar en el Congreso, como la ley de servicio civil, la ley de competencia y la ley de aguas. “Hay otras prioridades en el país y menos castigar con prisión”, añadió Rodas.
El presidente de la Cámara Guatemalteca de Periodismo, Mario Fuentes Destarac rechazó la intención de los diputados y recalcó que este proyecto viola el artículo 35 de la Constitución Política.
Lea además: Iván Velásquez: CICIG ha mostrado que se puede combatir corrupción en Guatemala
“Es totalmente inconstitucional, viola el artículo 35, ya que la normativa señaló que no hay delito o falta por las publicaciones de señalamientos o cuestionamiento o imputaciones que se hagan a los funcionarios públicos”, refirió Destarac.
El directivo recordó que el mismo delito que ellos pretenden aprobar fue expulsado del ordenamiento jurídico por la Corte de Constitucionalidad en el 2005.
“Antes ese delito era el que se le denominaba desacato y que fue impugnando por mi persona en el 2005 y expulsado del ordenamiento jurídico en el 2006, señaló.
Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren ofendidos tienen derechos a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones. No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos. Los funcionarios y empleados públicos podrán exigir que un tribunal de honor, integrado en la forma que determine la ley, declare que la publicación que los afecta se basa en hechos inexactos o que los cargos que se les hacen son infundados. El fallo que reivindique al ofendido, deberá publicarse en el mismo medio de comunicación social donde apareció la imputación.
Niegan inconstitucionalidad
La diputada Delia Bac aclaró que la propuesta no se hace con la intención de proteger a los diputados, sino también incluye al presidente, vicepresidente y las corporaciones municipales y dependerá del Ministerio Público y al Juez si “determinar si es una crítica constructiva o destructiva”.
Respecto a la posible violación del derechon constitucional de Libre Expresión, la legisladora respondió: “No, cuando violentan mi derecho a participar coaccionándome de una forma donde no han probado absolutamente nada”.
Según la legisladora, el político tiene derecho de defensa y que si hay una publicación en un medio de comunicación se podrá denunciar, pero dependerá del juez y el Ministerio Público determinar si hay coacción.
Contenido relacionado
> Proyecto de presupuesto contempla menos asignaciones para el Sector Justicia
> Director de FCO: Guatemala vive una época de polarización política
> Congreso aprueba compra de vehículos y remodelación de oficina de diputado