Política

Congreso amplía el estado de Calamidad, pero obliga al Ministerio de Salud a hacer pruebas masivas a quienes estén en cuarentena

El Congreso amplió la vigencia del estado de Calamidad por 30 días más, pero hicieron enmiendas para que el Gobierno haga pruebas masivas para la detección de covid-19 a toda la población que esté en cuarentena, aunque no tenga sintomas.

Plenaria de este 30 de abril de 2020. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández).

Plenaria de este 30 de abril de 2020. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández).

Durante la sesión de este jueves 30 de abril, el Congreso aprobó la ampliación al estado de Calamidad Pública por 30 días más, por lo que este finalizaría el 4 de junio.

El decreto 21-2020 con el que se aprobó la ampliación del estado de Calamidad tuvo el voto favorable de 144 diputados, ninguno en contra y estuvieron ausentes 16 parlamentarios.

Los diputados aprobaron tres enmiendas y rechazaron dos. La primera obliga a que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social que de manera urgente a efectuar la toma de muestras de laboratorio para la detección del virus covid-19 a todas las personas en situación de cuarentena derivado de la pandemia que tenga o no los síntomas característicos del coronavirus.

A la vez a las personas que han estado expuestas o en contacto con quienes hayan sido declarados casos confirmados. También a todos los connacionales inmigrantes que ingresen al país durante el período que dure la pandemia indistintamente su origen de repatriación y lugar de entrada al territorio nacional.

“El muestreo de detección deberá efectuarse en la red integrada de servicios de salud y laboratorios tanto públicos como privados estos últimos autorizados por el Ministerio de Salud para el efecto, asimismo se deberá implementar laboratorios móviles para facilitar la toma de muestras”, refiere la enmienda aprobada.

Añade que mientras dure la emergencia sanitaria por el covid-19 el Ministerio está obligado a actualizar mensualmente los protocolos sanitarios de toma manejo y envío de muestras de laboratorio detección del virus así como los protocolos de manejo tratamiento y rehabilitación de los casos positivos de covid-19. “Deberá publicar en su propio sitio web la información de casos registrados territorialmente, número de personas en cuarentena, número de pruebas realizadas, resultados y otros datos que sean importantes del conocimiento de la población”.

Una segunda enmienda prohíbe la contratación o adquisición de bienes y servicios por medio de organizaciones no gubernamentales e intermediarios se exceptúa de la esta disposición la adquisición de alimentos la cual podrá hacerse a través del Programa Mundial de Alimentos de Naciones Unidas de conformidad con disposiciones del artículo 24 del decreto número 2418 del Congreso.

La tercera enmienda también obliga al Ejecutivo a que cada 30 de mes mientras dure el estado de calamidad pública y sus eventuales prórrogas derivado de la pandemia covid-19, presente al Congreso informe circunstanciado de los hechos ocurridos y medidas adoptadas durante la emergencia correspondiente a la declaratoria estado de Calamidad Pública y las prórrogas respectivas.