Guatemala

Abogado Ovidio Parra: La ONU no está obligada a responder

Ovidio Parra, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecón), asegura que la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) ordena que se deje ingresar al Comisionado Iván Velásquez de manera inmediata.

Abogado Ovidio Parra, presidente del Cedecón. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Abogado Ovidio Parra, presidente del Cedecón. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

“El gobierno debe obedecer sin importar a quién nombre la ONU”, afirma el jurista en esta entrevista.

¿Qué opina de la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC)?

La decisión de la CC debe cumplirse en su sentido lato, es decir, se ordena al Gobierno el ingreso del comisionado nombrado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), independientemente de quien sea, ya sea Velásquez u otra persona. Se tiene que obedecer esta resolución, no puede haber otra interpretación antojadiza.

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Hay dudas porque en la resolución no se menciona el nombre de Velásquez, sino que dice comisionado o comisionada

Insisto, ellos deben obedecer no importa a quién a designe la ONU; si la ONU continúa manteniendo a Velásquez, no se le debe impedir el ingreso.

¿Y cómo se debe entender que la CC refiere el artículo 12 del Acuerdo suscrito entre la ONU y Guatemala?

La de lectura es que otras discrepancias deben ser negociadas dentro del ámbito diplomático, es decir, que deben agotarse los canales diplomáticos, no se está refiriendo a la negociación de un comisionado.

¿A partir de cuándo puede ingresar Velásquez?

El comisionado puede entrar ya. El acuerdo es para ponerse de convenir en otros temas.

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¿Por qué enfatiza que la resolución debe cumplirse?

Porque son ellos los que tienen la interpretación total de la Constitución de la República, no hay autoridad que sea superior a la ley. El mensaje es para todos, sea el presidente o cualquier otro ciudadano. Todos estamos obligados a cumplirla. La resolución es de obligado cumplimiento.

¿El anuncio del Ministro de Gobernación de que no va a dejar entrar a Velásquez atenta contra la resolución de la CC?

Sí, porque si bien los magistrados de la CC resolvieron de una forma un tanto ambigua, ese sujeto indeterminado puede ser Iván Velásquez o cualquier otro comisionado, en consecuencia, si se diera el caso de que la ONU designara de nuevo a Velásquez, lo cual no creo porque iniciaría otra confrontación, el ministro de Gobernación tendría que dejarlo entrar.

Y si no cumplen con eso, ¿en qué incurrirían los funcionarios?

En desobediencia, por eso están presionando a la ONU, para que en un plazo de 48 horas designe a un sujeto, es una presión indirecta.

¿Y si no lo cambian y lo envían de nuevo?

Las autoridades tienen que permitirle el ingreso, por eso hacen alusión al artículo 12 del Convenio entre la ONU y Guatemala, están agotando la vía conciliatoria.

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¿En caso no lo dejen entrar de qué serían sindicados?

De desobediencia, por no cumplir con una resolución judicial y se le puede aplicar a cualquier funcionario por delito flagrante. Si es un funcionario público inmediatamente por no acata una orden y se debe poner a disposición de un órgano superior.

¿El regreso de Velásquez complicaría la controversia?

Aquí lo que hay es una confrontación por parte del gobierno de Guatemala provocando una crisis mayor.

¿Qué pasa si la ONU no envía la lista de candidatos solicitada por la Cancillería, en 48 horas?

No está obligada a responder. Si ellos deciden mandar a Velásquez deben dejarlo ingresar, sin lugar a duda, porque el sujeto se determina cuando la ONU le da nombre y dicen: el comisionado es Iván Velásquez. Lo que sucedió es que la CC dio una resolución ambigua dejando la posibilidad de esa negociación. El amparo debió haber salido a favor o en contra de Iván Velásquez, no de esa manera ambigua.

¿Podría la CC aclarar esto?

Sí, pero ahí está el problema porque la resolución fue unánime, pero al entrar a calificar un individuo la CC se va a dividir. En conclusión, la Corte resolvió y no resolvió.

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