Política

Arrecia pugna por distribución de Q600 millones para obras de arrastre

Alcaldes están inconformes con la distribución de los Q600 millones de aporte extraordinario que el Congreso aprobó para reprogramar obras de arrastre. El principal argumento en contra es que se benefició a partidos aliados al oficialismo.

Oposición interpondrá recurso en contra de la distribución de Q600 millones a las municipalidades. (Foto: Hemeroteca PL)

Oposición interpondrá recurso en contra de la distribución de Q600 millones a las municipalidades. (Foto: Hemeroteca PL)

La distribución de Q600 millones para la reprogramación de obras municipales podría ser decidida en la Corte de Constitucionalidad, luego de varias inconformidades tanto de alcaldes como diputados, que ven una repartición discrecional de los recursos.

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El 5 de abril el Congreso aprobó una ampliación de Q5 mil millones para el Presupuesto General del Estado, donde incluyó estos Q600 millones que su distribución es puesta en duda por varios grupos de oposición, encabezados por la bancada Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).

A la Corte de Constitucionalidad se solicitará que suspenda la ejecución de estos aportes extraordinarios ya que, según explicó el diputado Carlos Barreda, no existen criterios técnicos para la distribución que beneficia a comunas bajo el control del partido Vamos y otros bloques que ayudaron a que el oficialismo pudiera ampliar el presupuesto de gastos para este año.

Las responsabilidades, explicó Barreda, se deben dilucidar entre la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP), el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) y la secretaría de Planifiación y Programación de la Presidencia (Segeplan) y corregir la distribución que, por ahora, excluye de fondos a muchos municipios y concentra la distribución de los recursos en unos pocos.

“La omisión de las autoridades impugnadas de gestionar, coordinar y asegurar la asignación y distribución del aporte de Q600 millones para los Consejos Departamentales de Desarrollo, con base a criterios técnicos, igualitarios, razonables y proporcionales que representen beneficio y desarrollo común, para todos los municipios de la República de Guatemala, de conformidad con el Decreto Número 20-2020 del Congreso de la República de Guatemala”, señala un borrador de la acción legal que se presentará a la Corte de Constitucionalidad.

Para el presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), y alcalde de Salcajá, Quetzaltenango, Miguel Ovalle, la distribución de los fondos y la reprogramación de obras no pasó por el criterio de la asociación edil, aunque en declaraciones a Prensa Libre el 17 de junio reconoció que algunos diputados habían consensuado con alcaldes la repartición de esos fondos y reconoció, además, que por estos acuerdos previos había inconformidad con los alcaldes que no fueron incluidos en la nueva repartición.

La Corte, constituida en Tribunal de Amparo, debería considerar el artículo 118 constitucional, que fundamenta los principios de igualdad y justicia social, agregó el jefe del bloque UNE, que asegura que con esta acción se debería de tomar, otra vez, los Q600 millones y hacer “una distribución analítica de la ampliación presupuestaria por parte del Minfin para cumplir con el artículo 27 de la Ley Orgánica del Presupuesto”.

En total comunas de siete departamentos concentran el 82.9% del aporte extraordinario: Quiché, Quetzaltenango, Petén, Escuintla, Suchitepéquez, Chimaltenango y El Progreso.

Reparto a discreción

El 83% de los aportes extraordinarios se distribuyó en una tercera parte de departamentos del país:

DepartamentoAsignación
QuichéQ160,279,393
QuetzaltenangoQ94,614,187
PeténQ89,999,427
EscuintlaQ51,000,000
SuchitepéquezQ41,511,348.71
ChimaltenangoQ40,000,000
El ProgresoQ20,000,000
TotalQ497,404,355.71

No tenemos que ver en la distribución

El respecto, el ministro de Finanzas Públicas, Álvaro González Ricci, asegura que su cartera no tiene ningún criterio en la distribución de esos recursos a los Consejos de Desarrollo, conclusión que llegó luego que uno de sus viceministros asistió a una citación al Congreso.

“El proceso de cómo se reparten esos recursos corresponde a la SCEP y Segeplán y los criterios que dice el Decreto Ley 20-2020, es que se deberán priorizarse los proyectos de agua y saneamiento”, explicó el funcionario.

González Ricci explicó que a su criterio es la SCEP quien debe priorizar los proyectos y Segeplán elaborar los convenios para llevarlos a cabo y no es, como algunos criterios políticos insisten, un cálculo matemático como el que se emplea para la distribución de recursos a los consejos de desarrollo.

González Ricci informó que la SCEP, por ser un aporte extraordinario, está priorizando los proyectos en el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural (Conadur), para que ellos se pongan de acuerdo. “Quien decide a quién se les otorgan los recursos de los Q600 millones, según el decreto 20-2020, es la SCEP”.

La responsable es la SCEP

Para Segeplán, quien deber coordinar los recursos asignados para los Consejos Departamentales de Desarrollo, es la SCEP, según el artículo 2 del Decreto 20-2020, donde se aprobó el aporte extraordinario.

La SCEP ya respondió a una consulta hecha por Prensa Libre el 17 de junio y explicó que eran ellos quienes iban a coordinar la distribución, porque los diputados al aprobar el aporte extraordinario no definieron cuál iba a ser el criterio de distribución.

Sin embargo, explicó por vía escrita, que el artículo 2 del mismo decreto indica que la Secretaría es la responsable de la coordinación y el desarrollo de dichas obras, por lo que esa dependencia se apoyó en el sistema de Consejos de Desarrollo, los cuales están integrados de conformidad con el artículo 9 de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.

Explicó que las propuestas de los Codedes deben ser enviadas a Segeplán para una opinión técnica, conforme al marco normativo aplicable a cada obra.

Dicha Secretaría resaltó que no participa en la ejecución de proyectos, por lo que no está facultada para establecer los criterios de distribución para la inversión, por mandato de la Corte de Constitucionalidad, que en el expediente 2861-2007, de fecha 28 de enero del 2009, dictó sentencia.

 

 

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