García señaló que en la capacitación en Zacapa y Retalhuleu que reciben cada mes los delegados del Tribunal interpretan la Constitución de una forma arbitraria.
“Las prohibiciones para ser diputado están contempladas en el artículo 164 de la Constitución y se asevera que un alcalde debe renunciar porque ejerce jurisdicción en el distrito en el que quiere postularse”, refirió García.
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El representante de esa agrupación indicó que “al afirmar este tipo de situaciones lo que crean son un poco de zozobra y muchas dudas en los candidatos o coordinadores”.
Existe duda
El director del Registro de Ciudadanos, Leopoldo Guerra, informó que se entregó un instructivo relacionado con las prohibiciones que establecen la Constitución Política, la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el Código Municipal y el Reglamento de la Ley Electoral.
“Es cierto que la Ley no tiene claro ese punto porque dice que es nula la elección de diputado para aquellas personas que al momento de la convocatoria de la elección desempeñaban un cargo donde ejercían jurisdicción dentro del mismo distrito que los postularon, a menos que hayan renunciado tres meses antes, y el pleno de magistrados dijo que lo va a analizar antes de tomar una decisión”, manifestó Guerra.
Eddy Fernández, director del Instituto Electoral, se comprometió a que los criterios definidos por el pleno de magistrados del TSE sean los que se están transmitiendo en la capacitación.
Agregó que habrá otra ronda de talleres en todo el país.
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Más dudas
El diputado y representante en el TSE por la Unidad Nacional de la Esperanza, Mario Taracena, indicó que la única prohibición que tienen los alcaldes es la de hacer propaganda electoral anticipada; de lo contrario pueden quedar excluidos.
“Los alcaldes lo único en lo que tienen que tener cuidado es de no estar inaugurando obras, porque los pueden ver como campaña anticipada, no tienen por qué renunciar. Ellos están igual que nosotros los diputados, pueden participar perfectamente y no tienen ningún impedimento”, explicó Taracena.
Por su parte, Elmer Palencia, del partido Valor, manifestó que la duda que existe es respecto de si el alcalde aspira a una diputación en el mismo departamento de donde es jefe edil debe renunciar.
“Unos dicen que no debe renunciar para ser candidato, otros dicen que sí se tiene que renunciar, Hay otra interpretación que dice que sí, que puede ser candidato, pero que no puede tomar posesión, por lo que pedimos que aclaren este procedimiento”, dijo.
Las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos aprobadas en el 2016 establecen nuevas sanciones para evitar la campaña anticipada, y una de esas es que el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene la potestad de no inscribir a una persona a un cargo de elección popular si se llegó a determinar que estaba incumpliendo esa normativa. Hasta agosto último, el Registro de Ciudadanos había impuesto 16 sanciones por campaña anticipada.
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