El partido político Podemos, que tiene como binomio presidencial a Roberto Arzú y como su compañero de fórmula a David Pineda, informó que el pasado 12 de marzo interpuso un amparo contra el TSE, por la inscripción de Baldizón.
Pineda dijo este 13 de marzo que el amparo fue presentado a eso de las 23 horas del 12 de marzo para que la CC conozca la información contra el TSE por la inscripción de Baldizón por el partido Cambio, pues según ellos es anómala.
Dijo que consideran que dicha inscripción violenta el artículo 113 de la Constitución Política de la República en el que se establece la idoneidad y así también se violenta el principio y el derecho de igualdad.
EN ESTE MOMENTO
Señaló que el TSE por un lado excluye a ciertos candidatos, como a Roberto Arzú, y por el otro lado permite la participación de candidatos condenados por lavado de dinero proveniente del tráfico de drogas.
“Parece una aberración jurídica que se esté realizando eso por parte del Tribunal Supremo Electoral. También nos apoyamos en dos votos razonados de 2 magistrados del Tribunal que ellos mismos se incorporan dentro de la resolución, en los datos que establecen cómo fue que Manuel Baldizón y para qué recibió dinero proveniente del narcotráfico, por lo tanto creemos que era te necesario y aparte pues una obligación cívica hacer esta impugnación”, dijo Pineda.
En el documento que presentó Podemos, se lee que el acto reclamado es la resolución del 11 de marzo de 2023, dictada por el TSE en la que declaró procedente la inscripción de Manuel Antonio Baldizón Méndez, como candidato a diputado.
Denuncian a magistrados del TSE
Por aparte, la organización Guatemala Inmortal, a través de Giovanni Fratti, interpusieron una denuncia contra los magistrados del TSE, por los delitos de prevaricato, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes y resoluciones violatorias a la Constitución Política de la República.
Los señalados son Irma Elizabeth Palencia Orellana, presidenta del TSE, y los magistrados Mynor Custodio Franco Flores y Álvaro Ricardo Cordón Paredes, pues, según Guatemala Inmortal, dictaron una resolución que resolvió declarar con lugar el recurso de nulidad que había presentado el excandidato presidencial Manuel Baldizón en contra de la resolución de Registro de Ciudadanos que le había negado su inscripción.
Según la resolución, los magistrados del TSE valoraron el hecho de que una sentencia emitida en el extranjero no tiene por qué tener repercusión en Guatemala, según el artículo 203 de L Constitución Política, que dicta que el Organismo Judicial es quien ejerce “con exclusividad” la función jurisdiccional en el territorio guatemalteco.
También hicieron hincapié en que “la soberanía de un Estado se manifiesta, entre otras cosas, a través del ejercicio exclusivo del poder jurisdiccional”.
Por los casos que enfrenta en Guatemala, Baldizón guardaba prisión en la cárcel militar Mariscal Zavala desde el 5 de octubre de 2022, día en que había sido deportado de EE. UU.; sin embargo, el pasado 11 de enero salió de prisión al pagar una fianza millonaria.
Baldizón pagó Q800 mil de caución en caso Odebrechet y por el proceso Transurbano de Q1 millón.
Otra denuncia contra los magistrados
La organización Primero Guatemala presentó una solicitud de antejuicio en contra de los tres magistrados del TSE que avalaron la inscripción de Manuel Baldizón como diputado del partido Cambio.
Contradicciones
La Misión de Observación Electoral Guatemala emitió un comunicado en el que señala que las contradicciones por parte del TSE en la inscripción de candidatos “ponen en peligro la credibilidad de las elecciones”.
Agrega que los magistrados del TSE persistes en “aplicar criterios contradictorios e inconsistentes para la inscripción de candidaturas”.
Agrega que eso se evidencia en varias resoluciones, “como las de los casos de Manuel Antonio Baldizón Méndez, candidato a diputado, y Esvin Fernando Marroquín Tupas, candidato a la alcaldía de Cuilapa, Santa Rosa, en las que se aplicaron criterios diferentes para calificar sus inscripciones”.
Añade que “el argumento planteado por el TSE de que cada caso debe ser analizado en su especificidad, no riñe con la necesidad de aplicar criterios estandarizados de calificación de las candidaturas”.
“Al autorizar la inscripción de Manuel Baldizón, el TSE afirma que una resolución judicial extranjera no puede ser considerada como elemento para pronunciarse sobre la idoneidad de un precandidato: “(…) la soberanía de un Estado se manifiesta, entre otras cosas, a través del ejercicio exclusivo del poder jurisdiccional (…)”. Sin embargo, en el caso de Marroquín Tupas afirmó que “(…) los compromisos asumidos por el Estado de Guatemala en materia de extradición y combate al tráfico ilícito de drogas, corrupción y delincuencia transnacional, deben interpretarse y cumplirse de buena fe. No constituye vulneración a la soberanía nacional la aplicación de tratados y convenios internacionales debidamente aceptados, suscritos y ratificados según el procedimiento que contempla la Constitución (…)”.
El documento señala que “de igual manera, resoluciones sobre candidaturas presidenciales previamente emitidas muestran, por un lado, una interpretación extensiva de las prohibiciones constitucionales, mientras que en otras se aplican las normas en forma restrictiva”.
“Si bien en un organismo colegiado es natural la existencia de diferentes criterios jurídicos, los votos razonados que los mismos magistrados han emitido en diversos casos, reafirman marcadas diferencias en la aplicación de criterios para calificar los méritos de capacidad, idoneidad y honradez de los aspirantes”, dice la misiva.
Afirma que “estas contradicciones e incoherencias a la hora de inscribir o denegar inscripción de candidatos ponen en peligro la credibilidad del proceso electoral”, y refiere que “el TSE, como autoridad llamada a defender y garantizar la legalidad y legitimidad de las elecciones, debe comprometerse a garantizar la aplicación consistente y estandarizada de criterios para calificar las candidaturas que sean sometidas a su consideración. De lo contrario, el entorno de desconfianza y confusión castigará la integridad del proceso electoral 2023”.