“Está obligado -el Ministerio- a efectuar la toma de muestras de laboratorio para la detección del virus SARS CoV 2 a todas las personas en situación de cuarentena derivado de la pandemia del covid-19, que tengan o no los síntomas característicos del coronavirus; así como a las personas que han estado expuestas o en contacto con quienes hayan sido declarados casos confirmados, señala el decreto”.
Además, se incluye la obligación para que se tomen muestras a todos los connacionales y migrantes que ingresen al país mientras dure la pandemia. También detalla que el muestreo de detección debe efectuarse en la red integrada de servicios de salud y laboratorios, tanto públicos como privados, previamente autorizados por el Ministerio de Salud y que se deben implementar laboratorios móviles para facilitar la toma de muestras.
Los diputados agregaron un artículo para garantizar que Salud proporcione datos del desarrollo del virus en el país. Por ejemplo, la cartera tiene la obligación de actualizar mensualmente los protocolos y publicar en su página web la información de casos registrados territorialmente, número de personas en cuarentena, número de pruebas realizadas, resultados y otros datos que sean importantes del conocimiento de la población.
En el artículo 3 los congresistas aprobaron una modificación al decreto 6-2020 para permitir que el Estado pueda adquirir alimentos por medio del Programa Mundial de Alimentos (PMA).
También obliga al Organismo Ejecutivo para que el 30 de cada mes, mientras dure el estado de Calamidad, presente al Congreso un informe circunstanciado de los hechos ocurridos y medidas adoptadas durante la emergencia.
Estas medidas entrarán en vigencia este martes, según el artículo 5 del mencionado decreto.