Migrantes

Excancilleres dicen que amparo es sobre procedimiento y no contenido de eventual acuerdo migratorio con EE. UU.

Los interponentes de la acción legal que evitó que el Gobierno firmara un acuerdo con Estados Unidos para convertir a Guatemala en un tercer país seguro señalaron que el amparo provisional otorgado por la Corte de Constitucionalidad "se refiere al procedimiento y no al contenido de dicho acuerdo".

(Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

(Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El pronunciamiento de los exfuncionarios se da luego de que el presidente Jimmy Morales hizo una serie de señalamientos contra la Corte de Constitucionalidad y esta respondió.

El cruce de acusaciones surgió después de que el presidente estadounidense, Donald Trump, amenazó a Guatemala con imponer aranceles a sus exportaciones o tarifas a las remesas, o ambas, por haberse echado para atrás en la firma del acuerdo para ser un tercer país seguro.

Los excancilleres que firman el comunicado son Alfonso Cabrera Hidalgo, Edgar Gutiérrez Girón, Gabriel Orellana Rojas, Ariel Rivas Irías y Francisco Villagrán de León.

Estos son los 5 puntos que plantean los exministros:

  • Que el amparo provisional otorgado por al Corte de Constitucionalidad se refiere al procedimiento y no al contenido de dicho Acuerdo. El artículo 171 inciso I) numeral 1 dela Constitución Política de la República de Guatemala establece que es atribución del Congreso de la República “aprobar, antes de su ratificación, los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando afecten a leyes vigentes para las que esta Constitución requiera la misma mayoría de votos”. El Acuerdo de Tercer País Seguro afecta el Decreto 44-2016, Código de Migración.
  • Es claro que la disposición Constitucional antes citada traza un límite a la función del Presidente de la República de “dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la Constitución” (Artículo 183, inciso o), cual es “someter a la consideración del Congreso para su aprobación, y antes de su ratificación, los tratados y convenios de carácter internacional”.
  • Los pronunciamientos públicos emitidos por el Gobierno de la República y el Presidente de la República, responsabilizando a la Corte de Constitucionalidad y a los ponentes del Amparo sobre las consecuencias de que el jefe de Estado no firmó el Acuerdo de Tercer País Seguro con el Gobierno de los Estados Unidos de América, resultan impertinentes a la luz de los mandatos constitucionales citados.
  • Por otro lado, el total sigilo con el cual el Gobierno de la República ha conducido sus negociaciones con las autoridades de los Estados Unidos de América contradice el principio de publicidad de los actos administrativos (Artículo 30 de la Constitución).
  • La calificación de lo que constituye un acto ilegal o una acción inconstitucional, corresponde, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico-político, a los órganos jurisdiccionales de justicia y, en este caso, a la Corte de Constitucionalidad. La Constitución ordena al Presidente de la República “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes” (Articulo 183, inciso a). Desobedecer las sentencias de la Corte de Constitucionalidad, desatendiendo además los requisitos procesales, constituyen actos continuados inquietantes para la salud del Estado de Derecho y la estabilidad del régimen democrático, justamente cuando la Nación está en vísperas de llevar a cabo la segunda ronda electoral.

Solicitud a la canciller

La diputada Nineth Montenegro envío una carta a la canciller Sandra Jovel en la que le pide documentos relacionados con el acuerdo de tercer país seguro que Morales iba a firmar con Donald Trump.

Esta es el contenido de la misiva que remitió la legisladora:

«Por este medio solicito se me proporcione copia de los siguientes documentos a la mayor brevedad posible.

  • »Preacuerdos a los que se llegaron en este Primer Convenio denominado “Tercer Pais Seguro que el Presidente Constitucional de la República de Guatemala había pactado con el Gobierno de los Estados Unidos, el cual no fue firmado y esto tendrá como consecuencias posibles gravámenes a las remesas que repercuten negativamente en la economía del país.
  • »Así como copia del convenio que se firmó o se firmará entre el Ministro de Gobernación y el Gobierno de Estados Unidos de América, cuyo contenido desconocemos, pero sabemos que está relacionado con migración y empleo, entre otros.

»Esta información me es de mucha urgencia e importancia para poder hacer un análisis y balance de por qué la actitud del Gobierno de los Estados Unidos de plantear recortes económicos a la ayuda que se recibe».

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