¿Qué opina de la sentencia?
Lo más importante es que el Tribunal de Mayor Riesgo B reiteró que en Guatemala sí hubo genocidio y que se cometieron delitos de lesa humanidad. Esa es la parte rescatable de la sentencia emitida la noche del miércoles.
¿Y en cuanto a la absolución de Rodríguez Sánchez?
El tribunal advirtió que es inocente; sin embargo, en su voto razonado, la jueza Sara Yoc, expresa que mediante el diligenciamiento de la prueba producida durante más de dos años, pudo determinar que el señor Rodríguez Sánchez, en su calidad de oficial de inteligencia fue responsable de las graves violaciones a los derechos humanos cometidos contra el grupo étnico maya ixil en los años 1982 y 1983.
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Los medios que se diligenciaron como pruebas testimoniales, periciales y documentales sirvieron de base para que Yoc, considerara, que debía imponérsele una pena de prisión de 30 años por genocidio y 30 años por delitos contra deberes de la humanidad.
¿En qué situación queda lo del genocidio ixil?
Se volvió a consumar la sentencia del 10 de mayo del 2013, emitida por el Tribunal de Mayor Riesgo A que también estableció que los hechos que presentó el Ministerio Público corresponden a delitos de genocidio y lesa humanidad. En esa ocasión el tribunal condenó al general Efraín Ríos Mont a 80 años de prisión y absolvió al general Rodríguez Sánchez. Esto es importante porque demuestran a la sociedad guatemalteca e internacional que el Ejército de Guatemala durante el conflicto armado ejecutó una política genocida.
Después de este fallo, ¿Qué harán?
Analizaremos los argumentos de la vocal Yoc en cuanto a la participación de Rodriguez Sánchez y podríamos presentar un recurso de apelación especial, pero esto después de leer la sentencia íntegra cuando nos sea notificada.
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Con este fallo, ¿se puede asegurar que hubo genocidio en el país?
Los tribunales de justicia lo han reconocido, los dos de Mayor Riesgo A y B, sus fallos han sido uniformes en cuanto a que en Guatemala sí hubo genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. Definitivamente, no se puede negar.
Pero la sentencia contra Ríos Mont fue anulada por la Corte de Constitucionalidad.
Es una cuestión de interpretación, porque algunos creen que fue anulada, pero para nosotros sigue vigente, tomando en consideración que la Corte, en ese momento, estableció que la sentencia no se anulaba, sino que se debía regresar a una fecha para comenzar nuevamente el debate.
El Tribunal A ya había emitido su fallo, por esa razón la sentencia produce efectos positivos en cuanto al genocidio, es lo mismo que sucedió el miércoles por la noche. Ambas declaran que el Ejército cometió genocidio y delito de deberes contra la humanidad contra el grupo étnico maya ixil.
¿Hay otros casos de genocidio pendientes?
Solo queda el del oficial de operaciones Luis Enrique Mendoza García, quien se encuentra prófugo y esperamos que sea capturado y responda por los mismos delitos. Las otras personas, que en su momento fueron acusadas ya fallecieron como Efraín Ríos Mont, Óscar Humberto Mejía Víctores y Héctor Mario López Fuentes.
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