Benedicto Lucas García, Manuel Callejas y César Noguera Argueta enfrentarán proceso por supuesto genocidio, delitos contra deberes de la humanidad y desaparición forzada.
La Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público (MP) fue la encargada de señalar los supuestos delitos cometidos por los militares retirados. La pesquisa señala 31 masacres y 23 aldeas arrasadas.
Miguel Ángel Gálvez, titular del juzgado, recordó algunos antecedentes históricos ocurridos en la zona ixil, conformada por tres municipios de Quiché.
Dijo que luego de la entrada en vigor del Decreto 900 -reforma agraria- y la creación la Franja Transversal del Norte, estas normativas causaron conflictos en el área debido a la tenencia de tierras.
Además, Gálvez manifestó que luego de la creación del Decreto 900 varias caballerías de terreno pasaron a ser posesión de cooperativas y después del golpe de Estado de 1954, estas tierras regresaron a sus antiguos dueños, por esa razón se mantenía un alto grado de conflictividad en el área ixil
El juzgador presentó algunos documentos históricos y explicó que otro detonante de conflictividad en el área fue la muerte de José Luis Arenas Barrera, quien tenía más de 115 caballerías en posesión, a manos del Ejército Guerrillero de los Pobres (EGP).
La defensa de los militares retirados, luego de escuchar la resolución de Gálvez, recriminó que hubo actividad procesal defectuosa porque el juzgador “no detalló quiénes eran los agraviados”.
Blanca Mariola Castañeda López, la fiscal del caso, argumentó que el juez no “individualizó a los agraviados” debido a que ese procedimiento lo efectuó el MP cuando expuso la imputación a cada uno de los tres procesados.
Gálvez rechazó el planteamiento de la defensa de los militares en situación de retiro.
Defensa
En el proceso la defensa de los militares en situación de retiro argumentó que había una serie de inconsistencias en la imputación del MP, uno de los puntos que señalaron fue que en ningún documento del Ejército de Guatemala se especificó operativos en contra de la población ixil y que las órdenes se giraron para contrarrestar el avance de la guerrilla.
Además, los defensores expusieron documentales de Pamela Yates y señalaron que en el denominado Cuando las montañas tiemblan hubo que hacer correcciones porque se determinó imprecisión en la traducción de relatos. Incluso, se aclaró que el EGP fue el que atacó el 17 de mayo de 1982 la aldea Batzúl y no el Ejército.
Los abogados de los militares expusieron ante el juez que la guerrilla usó a población civil en primera fil de enfrentamientos y fueron los “subversivos los que arriesgaron a la población” ixil.
Contenido relacionado
> ONU pide al Congreso abstenerse a amnistiar delitos de lesa humanidad