Guatemala

Resultados de los diálogos regional para el fortalecimiento de la justicia

Eliminar el antejuicio del que gozan algunos de los funcionarios fue una de las sugerencias con mayor tendencia durante el trabajo regional.

Presentación de los resultados de los diálogos regionales con la sociedad civil en torno a las reformas al sector justicia. (Foto Prensa Libre: Paulo Raquec)

Presentación de los resultados de los diálogos regionales con la sociedad civil en torno a las reformas al sector justicia. (Foto Prensa Libre: Paulo Raquec)

 Este es en detalle lo que propuso la sociedad civil en torno a las reformas constitucionales para fortalecer la justicia en Guatemala.

El antejuicio

  • Una de las principales recomendaciones  fue cambiar el  antejuicio.
  •  Entre las sugerencias figura que desaparezca ese privilegio del que gozan algunos funcionarios.
  • Otros proponen que  solo sea  para funcionarios electos popularmente.
  •   Mientras que  otros sugieren que  solo los tres presidentes de los organismos del Estado gocen del antejuicio.

Carrera Judicial

  • Porcentaje de abogados  externos que puedan ingresar a todas las categorías.
  • Carrera cerrada. Ingreso desde judicatura de paz, no acceso a abogados externos a Primera Instancia y Apelaciones.
  • Coincidencia en el alcance de la Carrera Judicial, desde judicatura de Paz hasta CSJ.

Pluralismo Judicial

  • Coincidencia en alto grado que se debe reconocer el pluralismo judicial.
  • Se expresó la necesidad de profundizar entre los mecanismos de coordinación de los dos sistemas y establecer el alcance de la jurisdicción indígena en su territorio.
  • Además se propusieron opciones de redacción al artículo 203 de la Constitución Política de la República.

Cambios a la CC

  • Una tendencia fue el rechazo a que los tres organismos del Estado concentren en su totalidad la designación de los magistrados.
  • Sugieren propuesta de mecanismos de integración, controles cruzados para que un organismo calificado proponga y otro haga el nombramiento.
  •  Participación de todos los sectores en la selección de magistrados.

Ministerio Público

  • Se presentaron modelos de procedimientos para la selección del fiscal general.
  • Se sugirió que  se amplíe  el período de funciones.  
  •  Se propone ampliar causales de remoción, incluyendo el auto de procesamiento.
  • El papel del Consejo de la Carrera Judicial en proceso de elección del fiscal vulnera la autonomía institucional.

Artículo transitorio

  • Se propuso incluir otras leyes relacionadas con la reforma en el artículo 33 transitorio.
  • Establecer disposiciones relacionadas con la implementación progresiva de la carrera judicial.
  • Disposiciones relacionadas con integración escalonada de la CSJ y la CC.
  • Se propone incluir artículos sobre la finalización de períodos de magistrados.

Diálogos regionales

Petén

  • Que los alcaldes conserven su derecho de antejuicio, puesto que fueron electos popularmente y podrían verse amenazados políticamente por acciones penales frívolas e improcedentes; o bien, si se les retira el derecho de antejuicio a alcaldes y gobernadores, que de igual manera se les retire a todos los funcionarios públicos.
  • El tiempo de ejercicio del cargo de magistrado y juez debe ser por 7 años, no por 12, como lo propone la reforma.

Quetzaltenango

  • Los gobernadores deben ser electos mediante voto popular.
  • En relación a la conformación de la Corte Suprema de Justicia, la elección de los magistrados ya no debe realizarse por el Organismo Legislativo. En su lugar, cinco magistrados deben ser electos por el Ministerio Público, el Procurador de los Derechos Humanos, el Instituto de la Defensa Pública Penal, el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y los Rectores de las Universidades del país, respectivamente; los ocho magistrados restantes, deben provenir de la Carrera Judicial.
  • Ningún funcionario público debe gozar del derecho de antejuicio.

Huehuetenango

  • Debe eliminarse la figura del antejuicio para que ningún funcionario goce del mismo, pues este violenta el principio de presunción de inocencia.
  • En la conformación de las Cortes, debe tomarse en cuenta la proporcionalidad de los pueblos indígenas y de las mujeres.
  • El Presidente de la República no debe elegir al Fiscal General. Debe crearse una institución similar al Consejo de la Carrera de la Carrera Judicial, que seleccione al Fiscal General del Ministerio Público y demás fiscales.

Alta Verapaz

  • Institución del antejuicio.
  • Inclusión del pluralismo jurídico.
  • Regulación de la carrera judicial.
  • Periodo de los magistrados debe de ser reducido.
  • La eliminación del derecho de antejuicio para los alcaldes, atenta contra la soberanía del pueblo que eligió a sus representantes. Por otro lado, los gobernadores y ministros no deben gozar de este derecho, pues no son electos popularmente.

Zacapa

  • Los alcaldes y gobernadores no deben gozar del derecho de antejuicio.
  • La Corte de Constitucionalidad debe integrarse únicamente por cinco magistrados y por el periodo actualmente establecido.
  • No debe aumentarse el periodo de funciones de la Corte Suprema de Justicia. El periodo de integración debe seguir siendo de cinco años.

Jutiapa

  • En cuanto al periodo de integración de la CSJ, estuvieron de acuerdo con el plazo de 12 años, con reglas claras y procesos de evaluación para medir efectividad Carrera Judicial.
  • Para el fortalecimiento del MP, debe retomarse el Consejo del Ministerio Público y ese consejo debe proponer la terna de profesionales que debe elegir el Presidente como Fiscal General, por lo que no estuvieron de acuerdo que el CCJ sea quien proponga la terna.
  • Consideraron que la figura de antejuicio debe eliminarse para el secretario general y privado de la presidencia, diputados, alcaldes y gobernadores.

Antigua Guatemala

  • Reconocimiento del pluralismo jurídico.
  • Plazo para el nombramiento de jueces y magistrados.
  • Carrera Judicial e integración del Consejo de la Carrera Judicial, así como procedimiento para la elección de sus integrantes.
  • Procedimiento para la selección de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad y magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  • Procedimiento y alcances del antejuicio

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