Cinco abogados acompañaron a los sindicados, quienes escucharon el análisis que hizo la juzgadora en relación con la acusación por el delito de financiamiento electoral no registrado que hizo el fiscal José Curruchiche y Leopoldo Zeissig, mandatario de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).
Las primeras tres horas la jueza las ocupó para explicar su decisión en cuanto a las excepciones planteadas por la defensa que se centraban en que el caso debía estar en otra judicatura y no en una de Mayor Riesgo.
Aifán recordó que en su judicatura existen cuatro fases de un mismo proceso, los casos Construcción y Corrupción fase uno y dos, el caso Odebrecht y financiamiento electoral para FCN Nación.
“Todas las fases están dentro de un mismo proceso”, dijo Aifán y como sustento recordó que la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) solicitó el 31 de julio del 2017 realizar varios allanamientos, entre ellos, la sede del Movimiento Cívico Nacional (MCN), vinculada a Arenas.
“Es la misma carpeta de investigación que la tienen dos fiscalías”, dijo Aifán y recordó que el señalamiento contra Arenas y Botrán la hizo la Fiscalía de Delitos Electorales.
Argumentación
“A criterio de esta judicatura, existieron indicios de financiamiento electoral ilícito y fueron procesados. Después, sucedió el cambio de la ley y el Ministerio Público pidió el criterio de oportunidad, aunque ninguno de los dos procesados estuvo de acuerdo y, por eso, el señalamiento fue distinto, por financiamiento electoral no registrado. Esta modificación de la ley fue posterior a que -los empresarios- fueran procesados”, dijo Aifán.
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La jueza dijo que “persistía la conducta delictiva, pero había modificación a la pena”.
El Tribunal de Mayor Riesgo D desarrollará el debate contra Rodrigo Arenas y Andrés Botrán, por financiamiento electoral no registrado.
“La aportación a los partidos políticos persiste en el transcurso del tiempo. El hecho del anonimato también se contempla. Así también que no se contemplen los aportes ante el ente electoral -TSE- es constitutivo de elementos y la conducta delictiva en el tiempo”, sostuvo Aifán.
Aifán mencionó: “En cada acusación hay elementos de la plataforma fáctica, es decir, el tiempo, modo y lugar. Esto debe ser analizado en concreto”.
En el caso de Botrán recordó el elemento de la intencionalidad. “En el presente caso los elementos fundamentales están plasmados en la acusación, aunque esto, aclaro, no significa su culpabilidad. El MP tendría que probar ese delito”, dijo.
Sobre Arenas, la jueza especificó que, aunque él no aportó algún dinero a la campaña, pero en la acusación del MP está la intermediación, y esa acción pudiese ser el enlace o el intermediario para el pago de fiscales de la agrupación política el día de las elecciones.
En los elementos de investigación la juzgadora se refirió a la declaración, como anticipo de prueba, de Paulina Paiz, a quien Arenas solicitó un careo. “Si ella mintió, la ley no me da esa facultad para valorar. El careo que pidió el señor Arenas no está permitido en esta etapa debido a que no puede hacerse esa valoración”.
Confía en su inocencia
“Estoy tranquilo con mi inocencia. Las pruebas que presentamos fueron sólidas, pero la jueza no las valoró y simplemente nos envía a juicio. Salgo tranquilo porque soy inocente y en debate tendremos la oportunidad de demostrarlo”, dijo Arenas en rueda de prensa al final de la audiencia.
Prensa Libre buscó la reacción de Giovanni Castro, abogado de Andrés Botrán, pero declinó hacer declaraciones.
Señalamiento
El caso del MP y la Cicig se refiere a que un grupo de siete empresarios que fue sindicado de haber presuntamente aportado fondos a FCN-Nación en la campaña de 2015 y que este partido no reportó al TSE.
Según la acusación, Botrán instruyó y coordinó para que realizara un aporte dinerario a FCN-Nación por Q250 mil.
La investigación determinó un mecanismo alterno ilegal para gestionar el pago de fiscales a través de la empresa Novaservicios, S. A. El aporte fue de Q7 millones 119 mil 300, el cual no fue reportado al Tribunal Supremo Electoral (TSE), como lo establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
En ese contexto, y luego de que rechazó el retiro de inmunidad al presidente Morales, el Congreso creó el 18 de octubre de 2018 dos delitos en torno al financiamiento electoral. Así, nacieron los delitos de financiamiento electoral no reportado y financiamiento electoral anónimo; el delito de financiamiento electoral ilícito sigue vigente.
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