Al haber entablado medidas conciliatorias, Energuate informó que los sindicatos ahora tienen “la obligación de pagar los montos defraudados, no aceptar conexiones ilegales, contratar anuncios públicos y hacer donaciones a instituciones sociales”.
Agreda que, si se cumple con esas sanciones, los procesados podrán cerrar en definitiva “los procesos penales por hurto de electricidad”.
“Por lo menos siete usuarios y un comercio se han acogido en estas semanas a medidas conciliatorias o desjudicializadoras para solventar su situación jurídica, para lo cual han aceptado las sanciones de los operadores de justicia”, señala un comunicado de Energuate.
El documento agrega que “uno de los casos es del vecino Cupertino ´L´, residente en La Democracia, Huehuetenango, quien concretó un convenio de pago por Q46 mil con la distribuidora, por lo cual el Juzgado de Paz de la localidad le otorgó un criterio de oportunidad”.
Dice que “esa judicatura también impuso la obligación del demandado de contratar, durante 15 días, cinco anuncios radiales conminando a no hacer conexiones ilegales y la donación de Q500 a beneficio de los Bomberos Voluntarios de ese departamento”.
Refiere que esas mismas sanciones fueron impuestas por el Juzgado de Paz de Ayutla, San Marcos, “mientras en el caso de Audelina ´L´, le impusieron la obligación de realizar dos publicaciones y el apoyo económico lo recibirá el Centro de Educación y Recuperación Nutricional Infantil de Malacatán”.
El comunicado concluye con que “en los otros procesos, los sindicados debieron pagar el adeudo por el consumo ilegal de energía y la advertencia judicial de no hacer conexiones directas en sus domicilios, entre otras sanciones, caso contrario se reanudarán los procesos penales respectivos”.
Reformas
El pasado jueves 23 de marzo, el Congreso de la República aprobó reformas al Código Penal y a la Ley Contra el Crimen Organizado para aumentar las multas y endurecer las penas de cárcel contra quienes roben energía eléctrica, agua o gas en Guatemala.
El Legislativo informó que, para garantizar y proteger los servicios de utilidad para los guatemaltecos, como la energía eléctrica y el agua, los diputados aprobaron el Decreto 8-2023, que contiene las reformas.
Ahora se adiciona el artículo 249 BIS del Código Penal respecto del hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado u organización criminal.
Añade que quien, formando parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, ilícitamente sustrajere, indujere o promoviere la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y multa de Q100 mil.
También se adicionó el articulo 249 Ter por el tema de hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales.
Esta reforma estable que quien, sin estar debidamente autorizado como distribuidor final, efectuare cualquier manipulación no autorizada desde la red del distribuidor final hacia algún punto de suministro o bien se beneficiare de energía eléctrica a través de la manipulación ilegal, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q5 a Q10 mil.
Por el cobro ilegal de energía eléctrica quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el distribuidor final y de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q10 mil a Q50 mil.
En el tema del robo de fluidos quien con violencia y de forma ilícita sustrajere energía eléctrica, agua o gas, será sancionado con prisión de cinco a ocho años.