Justicia

Profanación de sepulturas: el delito que pudo cometer el hombre que tocó cuerpo de una mujer fallecida

"Quien violare o vilipendiare sepultura, sepulcro o urna funeraria, o en cualquier otra forma profanare el cadáver de un ser humano o sus restos, será sancionado con prisión", dice el Código Penal. Esta es la explicación que da un abogado sobre el caso del hombre que profanó un cuerpo en el San Juan de Dios.

Israel Escobar enfrenta señalamientos de profanación de un cadáver en el Hospital General San Juan de Dios y será investigado. (Foto Prensa Libre: Emilio Chang)

Un informe de la Policía Nacional Civil (PNC)alertó de la captura de Israel Dubón Escobar, de 39 años, porque supuestamente profanó el cadáver de una mujer en el Hospital San Juan de Dios.  

“Se constató que el aprehendido en su estado normal y como paciente fue hallado flagrantemente cuando manipulaba un cadáver de sexo femenino", añadió el informe.  

Cámaras de videovigilancia del hospital constataron que momentos antes “quitaba la ropa interior y sobrepasaba las manos en la parte intima” de la paciente fallecida, según la PNC.    

Comunicación del Hospital General San Juan de Dios informó que la noche del martes 18 de septiembre el señalado ingresó por haber sufrido politraumatismo y “en estado etílico”.

La información agregó que este fue atendido y durante su estadía en el hospital lo sorprendieron a través del sistema de cámaras en la denominada área negra de la Emergencia, donde profanó el cadáver, esto alertó para que fuera puesto a disposición de las autoridades.  

Resaltó que “el caso ya está en manos de las autoridades para su investigación y las autoridades del hospital estarán proporcionando la información necesaria para dicha investigación”.

Pero mientras la investigación avanza, este caso deja al descubierto la vulnerabilidad en las áreas de hospitales públicos y alerta sobre cómo una mujer puede ser víctima de la violencia incluso ya fallecida.

Para ampliar detalles sobre el aspecto psicológico y jurídico se contactó a profesionales de la Fundación Sobrevivientes.

Ana Gabriela Gutiérrez, psicóloga de la Fundación en mención, indicó que “definitivamente” se trata de una persona con algún problema psicológico y hay que tomar en cuenta que le “faltó el respeto y desvalorizó completamente el cuerpo de una mujer”.

Gutiérrez consideró que en este caso se puede hablar de muchas patologías psicológicas, aunque al final esto no sería un justificante para violentar el cuerpo de la fallecida.

Posible necrofilia

Expertos señalan que lo ideal, por ahora, sería hacer una evaluación psicológica o psiquiátrica para conocer si el detenido tiene una patología que necesita una orientación, o si podría tratarse de necrofilia.

La Real Academia Española define a la necrofilia como:  atracción por la muerte o por alguno de sus aspectos o perversión sexual de quien trata de obtener el placer erótico con cadáveres.

Gutiérrez explicó que al referirse a necrofilia se habla de alguna manera de satisfacer un deseo sexual y el señalado podría tener baja autoestima o podría estar “fascinado” por los cadáveres, pues cree que puede tener libre acceso al cuerpo de otro ser humano.

Resaltó que este caso evidencia que la violencia en contra de las mujeres “no tiene límites” y esta acción del sujeto “desvaloriza” a este sector de la población.

La profesional remarcó que este caso tiene que marcar un precedente en Guatemala, ya que “no hay ningún justificante” para vulnerar el cuerpo de una mujer.

Dijo que le preocupa que sucedan este tipo de ilícitos, pues “impacta mucho el hecho” que se desvalorice a la mujer en la sociedad, incluso, ya fallecida se le falte el respeto.

Queda ligado a proceso

Israel Dubon Escobar, señalado, fue ligado a proceso por el delito de profanación de sepulturas, y beneficiado con medida sustitutiva. El juez le impuso caución económica de Q4 mil que tendrían que haber pagado  antes de las 5 horas de este jueves 19 de septiembre. La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Paz, en la capital.

La audiencia de Dubón Escobar se llevó a cabo en un Juzgado de Paz, por lo que se consultó a Carlos Quiej, abogado de la Fundación Sobrevivientes, quien explicó por qué este caso puede ser trasladado a la referida judicatura.

Quiej explicó que, entre las reformas al Código Procesal Penal, lo sucedido está considerado como "un delito menos grave", ya que la sentencia máxima que contempla la profanación de cadáveres, hecho del que se le señala, no sobrepasa los cinco años como máximo, aunque también puede ser de seis meses a dos años.

Dijo que lo cometido por Dubón Escobar no es una falta a la moral sino un delito específico que, según el abogado va contra el sentimiento religioso y la libertad de culto.

Indicó que el delito de profanación de sepulturas se puede imputar en este caso, porque este se puede señalar: cuando el cuerpo está inhumado y es profanado; o cuando en cualquier "otra forma se profanare un cadáver".

Remarcó que profanar significa tratar sin respeto los restos mortales de una persona.

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El abogado agregó que el ilícito sucedió en una institución pública que tiene áreas con acceso restringido, donde solo personal autorizado puede ingresar. Además, Quiej dice que hubo vulneración de espacios reservados y se pregunta qué habría pasado si el sujeto ingresaba a donde hay pacientes en coma o personas con discapacidad.

Indicó que la familia de la fallecida tendría que estar dentro del proceso para exigir justicia. Según Quiej, los parientes podrían llegar a la sede del tribunal para solicitar ser querellantes, esto con el acompañamiento del Instituto de la Víctima.

Añadió que de parte del hospital pudo haber incumplimiento de deberes, porque Israel Dubón Escobar tenía que estar en mejor monitoreo.

El abogado también señala que pudo existir un "menosprecio" a la figura femenina y que se deben conocer los antecedentes de esta persona, pues salió de su área donde lo atendían y luego delinquió.

Quiej, sin embargo, aclaró que tampoco se puede decir que hubo agresión sexual porque la persona -fallecida- no estaba disponiendo de su libertad sexual por su condición.

Llamado a legisladores

Monserrat Hidalgo, abogada de la Fundación en mención, dijo que este caso es un llamado de atención a los legisladores, ya que se “tiene que respetar el cuerpo de la mujer".

Además, hay que trabajar para aumentar los años de prisión por la profanación de sepultura, pues los agresores “tienen desviaciones sexuales, es importante abrir los ojos y poner ojo a nuestro Código Penal”.  

Expresó que a la Fundación Sobrevivientes le preocupa este tipo de acciones, porque se trata de una persona sin vida.

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“Necesitaríamos una pena ejemplar, para que los delincuentes la piensan más, pero cuando es tan mínima, pueden hasta normalizar este tipo de acciones o no darle la importancia que debería”, resaltó.

Dijo que el cuerpo de una persona se debe proteger desde el nacimiento y hay que regular en la ley la protección, incluso, cuando ya esté fallecida.

ESCRITO POR:

Óscar García

Periodista de Prensa Libre especializado en periodismo comunitario e historias humanas con 12 años de experiencia.