Según el Ministerio Público (MP), al menos 62 diputados del PP estarían implicados en el cobro de coimas a cambio de sus votos en el Legislativo. La investigación apunta a que la ex vicepresidenta Roxana Baldetti habría sido una de las intermediarias para dichos pagos.
Los imputados habrían sido los diputados “jefes de línea” que coordinaron la aprobación de la ley por parte de su bloque, y un intermediario de los interesados en la misma.
Estos son:
- Estuardo Galdámez, diputado y candidato presidencial de Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación).
- Juan José Porras, diputado.
- Haroldo Quej, diputado.
- Boris España, diputado.
- Gustavo Arnoldo Medrano, diputado.
- Mirma Figueroa de Coro, diputada.
- Marco Antonio Orozco, diputado.
- Acisclo Valladares Urruela, actual ministro de Economía y señalado de participar en la supuesta entrega de dinero a los congresistas.
MP-CICIG presentan 8 solicitudes de antejuicio
Caso: Subordinación del poder Legislativo al Ejecutivo, una expresión de la captura del Estado
(el mecanismo de la compra de votos). pic.twitter.com/eiIypsJLLg— MP de Guatemala (@MPguatemala) May 7, 2019
Otras acciones
Según fuentes de la investigación los indicios recopilados, testimonios, chats interceptados, correo electrónicos y fotografías, los congresistas condicionaron su voto a las decisiones del Ejecutivo y cobraron por la aprobación de leyes como la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles, pero también la elección de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Salas de Apelaciones en 2014; la elección del contralor General de Cuentas y la designación de la Junta Directiva y las comisiones de trabajo, entre otras decisiones.
Un exdiputado del PP, cuyo nombre no ha sido revelado, es el principal testigo de este caso, el cual se fundamenta, además, en mensajes recopilados de teléfonos celulares y registros de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) e ingresos a la Casa Presidencial, entre otros elementos.
Entre los delitos que se imputa a los señalados se encuentra cohecho pasivo, lavado de dinero y violación a la Constitución, este último por violación a la división de poderes entre Ejecutivo y Congreso.
La operadora de los pagos habría sido la vicepresidenta Roxana Baldetti, quien cumple condena de 15 años por el fraude en el proyecto de saneamiento en el Lago de Amatitlán, pero también enfrenta casos de TCQ, Cooptación del Estado, La Línea, plazas fantasma en el RIC y la solicitud de extradición a Estados Unidos por delitos de narcotráfico.
En los pagos, presuntamente, habría intervenido el actual ministro de Economía, Asisclo Valladares Urruela, según cinco testimonios recopilados en la investigación.
Con base en el número de diputados del partido oficial, entre 2012 y los primeros cuatro meses de 2015, los pagos podrían alcanzar los Q57.8 millones.
La Cicig ha declinado brindar declaraciones al respecto.
El caso lo lleva Víctor Manuel Cruz Rivera, juez Décimo de Primera Instancia Penal, el mismo que en marzo pidió la captura de Thelma Aldana, exfiscal general y candidata presidencial proclamada por el Movimiento Semilla, cuya inscripción depende de resoluciones de la Corte de Constitucionalidad (CC) y de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Diversas acciones legales apartaron del caso al Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, el primero que llevó el caso, pero que por decisión de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones pasó al Juzgado Décimo, a cargo de Cruz.
Descargos El ministro de Economía aseguró a Prensa Libre que está sorprendido por la solicitud de antejuicio en su contra, porque se apersonó varias veces al Ministerio Público y a la Torre de Tribunales para consultar sobre el caso, pero que siempre se le dijo que no era parte de ningún proceso penal. El funcionario afirmó que se interesó en el proceso después de allanamientos que ocurrieron en noviembre del 2017. Valladares indicó que no hay fundamentos para la acusación del pago a los diputados y que está a disposición de las autoridades. Prensa Libre consultó a los seis diputados señalados por el MP y la Cicig, así como a Galdámez, pero ninguno contestó las llamadas. Manuel Sisniega, de comunicación de Tigo, indicó que estaba recabando información sobre este asunto para dar una postura. |
¿De qué trata la ley?
La ley agilizó la instalación de antenas y cableado de Internet durante los dos años de vigencia, antes de ser declarada inconstitucional.
Vigente desde el 25 de abril de 2014, la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos, decreto 12-2014, tiene como propósito establecer normas que impidan las telecomunicaciones no autorizadas desde centros del Sistema Penitenciario nacional y regular mecanismos ágiles que unifiquen y simplifiquen los trámites necesario para la instalación de la infraestructura de comunicaciones necesaria para la prestación de servicios de transmisión de datos.
Los operadores de redes locales de telefonía móvil debían implementar soluciones técnicas para que desde los centros de privados de libertad no se pueda generar tráfico de telecomunicaciones móviles.
Para implementarlo, los operadores tenían un plazo de ocho meses y el Ministerio de Gobernación y la Secretaría de Bienestar Social debían dar su apoyo.
Las autoridades del Sistema Penitenciario debían hacer un monitoreo cada 15 días para asegurar que las medidas implementadas fueran efectivas, en caso contrario la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) impondría una multa entre los Q300 mil a Q500 mil por cada mes de retraso en el funcionamiento efectivo de la medida.
Quien prestara servicio de transmisión de datos que tenga instalados por los menos seis mil kilómetros de fibra óptica o cualquier operador de red local y comercial debidamente inscrito en el Registro de Telecomunicaciones, que tenga más de cien líneas de acceso, podría solicitar a la SIT autorización para instalar antenas que se usen para transmisión inalámbrica de datos, en propiedad privada o en bienes de dominio público.
El solicitante podía cumplir con una serie de requisitos, como la descripción de los bienes a utilizar; la constancia de inscripción como operador de red comercial o red local, si fuera aplicable; copia de los informes de operador de la red de los últimos dos trimestres; descripción de la infraestructura a instalar.
Se debía acreditar por medio escrito la suscripción de contratos con terceros para uso de infraestructura o bienes, si fuera el caso; cuando es en propiedad privada, se debía presentar la resolución en donde conste el pago de la indemnización pertinente.
La ley establece arbitrios a favor de las municipalidades por uso e bienes e instalación de infraestructura. Uno de ellos es de Q0.70 anuales por cada metro de bienes de dominio público, incluyendo el espacio aéreo sobres las calles, en el cual se instalen o tiendan los cables y las líneas de fibra óptica.
Otro arbitrio consiste en el pago de Q15 por poste instalado por el solicitante, este se pagará por mes vencido, a partir de los 30 días siguientes a la autorización de la instalación del poste.
El solicitante debía hacer un pago único de Q30 mil por cada torre o estructura que soporte antenas instaladas en bienes de dominio público, cuando la estructura se instale en bienes de propiedad particular el pago será de Q3 mil.
Sin embargo, en marzo de 2016, la CC anuló la norma y con lo cual las telefónicas quedaban exentas de impedir las llamadas desde la cárcel.