Néster Vásquez: “La CC garantizó la alternabilidad del poder y el sufragio”
El nuevo presidente asegura que los disensos en el pleno son una muestra de la naturaleza democrática de la Corte.
Cada 14 de abril cambia la presidencia de la Corte de Constitucionalidad. Fotografía: Prensa Libre (Erick Avila).
Néster Vásquez asume hoy la presidencia de la Corte de Constitucionalidad (CC); el cuarto mandato de los cinco que corresponden a la presente magistratura.
El magistrado recibe una CC en medio de un proceso de renovación de Cortes, en donde algunos sectores ya han advertido que podría jugar un papel fundamental.
Aunque se solicitó una entrevista presencial, el magistrado accedió a responder por escrito una entrevista para Prensa Libre, donde se abordó la importancia del Derecho Constitucional y el papel que ha jugado la CC en el último proceso electoral.
Ahora que está por asumir la presidencia del máximo tribunal. ¿Cuáles son sus prioridades en la Corte?
Cumplir con el mandato constitucional que me ha sido encomendado como lo es el procurar la defensa del orden constitucional. Asimismo, velaré por la independencia del Tribunal, como principio fundamental del Estado.
También se velará por el cumplimiento del Plan Estratégico Institucional 2022-2027, mediante el cual se busca acercar la justicia constitucional a toda la población, y fortalecer la Unidad de Gaceta y Jurisprudencia para dar a conocer el sistema de búsqueda de jurisrpudencia a efecto de que los criterios emitidos por el Tribunal se encuentren al alcance de todos. Durante mi gestión se procurará la difusión de los criterios que sean emitidos por el Tribunal.
¿Cuáles son esos retos que han enfrentado como magistrados constitucionales y cuáles podrían ser aquellos desafíos venideros, ahora que será el presidente de la Corte?
Esta magistratura ha procurado siempre velar por el cumplimiento de la Constitución Política de la República de Guatemala. Por consiguiente, es de conocimiento público que el reciente proceso electoral representó una oportunidad para garantizar el principio de la alternabilidad del poder establecido en la Constitución. Sin importar los casos que se nos presenten, nuestra prioridad será siempre preservar el orden constitucional.
¿La actual magistratura ha cumplido con ese compromiso de resguardo a la Constitución Política de la República de Guatemala?
Definitivamente si, como órgano colegiado nuestras resoluciones son emitidas siempre de forma imparcial, objetiva y con total apego de la Constitución Política de la República de Guatemala.
¿Cómo valora el papel de la actual Corte de Constitucionalidad en el proceso electoral del 2023?
Como lo expresé anteriormente, a la Corte de Constitucionalidad le compete exclusivamente lo referente a la justicia constitucional. De tal cuenta, durante el proceso electoral 2023, la Corte de Constitucionalidad veló en todo momento porque los principios consagrados en la Constitución Política de la
República de Guatemala, tal como lo es el principio de alternabilidad de poder, fueran respetados. La Corte de Constitucionalidad veló y garantizó el respeto del sufragio de la población guatemalteca.
¿Qué tan fácil o complejo fue llegar a acuerdos dentro del Pleno al momento de aceptar o rechazar candidaturas a cargos de elección popular?
La Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente, determina que es el Tribunal Supremo Electoral la institución responsable de aceptar o rechazar las inscripciones para optar a cargos de elección popular.
Como comenté anteriormente, la Corte de Constitucionalidad únicamente conoce aquellas cuestiones relacionadas a justicia constitucional. Independientemente de ello, deseo precisar que la emisión de votos razonados o disidentes fortalece la naturaleza democrática del Tribunal.
En el proceso electoral del 2023 hubo una investigación que tocó incluso las cajas electorales y el padrón electoral. El caso llegó a la CC mediante un amparo del TSE. ¿Cómo analizaron este caso sin precedentes dentro del Pleno?
Se conoció como todas las acciones, y se procedió conforme lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley en la materia.
También los magistrados del TSE perdieron la inmunidad y pidieron amparos ante la CC que no se han resuelto en definitiva. ¿Por qué se retrasaron esas acciones legales?
Todas las acciones que se presentan en este Tribunal llevan el mismo procedimiento sin distinción alguna. Resolver en definitiva un amparo conlleva el cumplimiento del debido proceso, lo cual de ninguna manera puede interpretarse como un retraso de las acciones legales.
¿Cree que la CC respetó las elecciones, la democracia y el derecho de elegir y ser electos?
Como lo manifesté, la Corte de Constitucionalidad garantizó el principio de alternabilidad del poder y el sufragio de las y los guatemaltecos.
Este año se renueva la CSJ. Se viene de un proceso con un precedente negativo porque la renovación se tardó cuatro años ¿Cómo afectó este retraso en la renovación de poderes al sector justicia?
La Magistratura para dotar de ejecutabilidad al fallo emitido por la Séptima Magistratura, en uso de su facultad de Ejecución de Oficio ordenó al Congreso de la República incluir en agenda la elección de Cortes, así como concluir con el proceso de elección, ello en virtud que el Congreso no había alcanzado consenso suficiente para concluir el procedimiento respectivo para integrar dichas Cortes.
Por consiguiente, esperamos que la elección de Cortes de este año se desarrolle en el marco de lo que establece la Ley.
La CC finalmente despejó la ruta y lograron que el Congreso hiciera la elección de magistrados. ¿Por qué lo hicieron tarde?
Como la manifesté, la Octava Magistratura de la Corte de Constitucionalidad en uso de su facultad de Ejecución de Oficio ordenó al Congreso de la República incluir en agenda la elección de Cortes, así como concluir con el proceso de elección, ello en virtud que el Congreso no había alcanzado consenso suficiente para concluir el procedimiento respectivo para integrarlas.
En consecuencia, la Corte de Constitucionalidad actuó en su momento para dotar de ejecutabilidad al fallo emitido por la Séptima Magistratura el 6 de mayo de 2020.
¿Cuál será el principal reto que ve para que la elección de CSJ no genere las mismas dudas que el proceso anterior?
Considero que es un tema que le compete exclusivamente a las Comisiones de Postulación y al Congreso de la República de Guatemala.
Cómo magistrado constitucional y futuro presidente de la Corte. ¿Cuáles cree que son aquellos temas en los que no se debería de legislar porque podrían atentar con la Constitución? ¿Aborto, eutanasia, matrimonio igualitario?
La Constitución Política de la República de Guatemala es clara y establece los derechos y obligaciones de las y los guatemaltecos, por lo que, nuestra función como jueces constitucionales es cumplir y hacer que se cumpla la misma.
¿Cómo califica el uso del amparo en la Corte de Constitucionalidad?
La acción de amparo se encuentra normada dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Se ha envidenciado, en algunos casos, que se desconocen los principios que rigen esta acción y por ende, al presentarse ante la Corte de Constitucionalidad se les ponen previos o se rechazan. Debe tenerse claridad que para presentar una acción constitucional de amparo se tiene que agotar, entre otros principios, el de definitividad, y es entonces cuando el Tribunal está facultado para conocerlo.
Seguiremos resolviendo los casos que sean sometidos a nuestro conocimiento, con estricto apego a la legalidad, y sobre todo, procurando que en todo momento se respeten los derechos humanos de la población.
¿Qué tan transparente será la Corte de Constitucionalidad con el público y con la prensa en su gestión como presidente?
La Corte de Constitucionalidad como garante del orden constitucional, será siempre transparente.