A los hermanos, imputados por el crimen de la niña de 7 años, el Ministerio Público (MP) buscaba juzgarlos por los delitos de violación con agravación de la pena y circunstancias especiales de agravación y femicidio. Pero solo uno enfrentará juicio por esto, y otros dos por encubrimiento.
El 6 de diciembre de 2023, Raquel Méndez, titular del Juzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, decidió el auto de apertura a juicio.
De acuerdo con la información de la Fiscalía, le presentaron a la jueza los medios de investigación suficientes para que resolviera la apertura a juicio contra Jairon Daniel Chamalé Elías, y admitió que sería por violación con agravación de la pena y circunstancias especiales de agravación y femicidio.
Mientras que contra Esvin Elías y Juan Angel Chamalé Elías les dictó apertura a juicio por encubrimiento propio. De acuerdo con la información del ente investigador desde un principio había pedido imputarle a los tres los mismos delitos, no obstante la jueza, en dos audiencias previas, argumentó que había falencias en las acusaciones del MP.
De acuerdo con el fiscal Edgar Gómez analizan apelar la decisión de la juzgadora porque consideran que los tres fueron copartícipes en el hecho criminal y deben ser jugados por los mismos delitos.
El MP planteó que se les juzgara a los tres imputados por violación con agravación de la pena y circunstancias especiales de agravación y femicidio. Según el fiscal Gómez la juzgadora fue del criterio de abrir a juicio contra Jairo Daniel por esos delitos.
Sin embargo, explica, los otros dos hermanos, solo serán juzgados por encubrimiento propio y lo cual, añade, no les parece adecuado porque han “demostrado que fueron copartícipes en el hecho”.
“Consideramos en la Fiscalía que ellos sí tienen una posibilidad de participación, porque hay indicios de que estuvieron presentes en la violación de la niña. Hay vestigios biológicos, sangre de la nena víctima en sus ropas”, argumenta.
La Fiscalía está convencida de ello y por eso plantean presentar la apelación correspondiente en los próximos días. “Esto es una fase más del proceso, el Tribunal de Sentencia, puede cambiar la calificación jurídica, al final”, opina.
Extraoficialmente se dio a conocer que los querellantes del caso también apelarán la decisión de la juzgadora. Para este 8 de diciembre se tiene agendada la audiencia de ofrecimiento de prueba a las 10 horas. “Respetamos la decisión de la jueza, pero será en un debate donde se dilucide la verdad la verdad histórica del caso”, comentó.
Las decisiones de la jueza
En audiencias anteriores la jueza aseveró que el MP no había logrado individualizar la acusación en contra de los tres imputados y, en cambio, presentaba los mismos hechos para cada uno.
Méndez explicó en su oportunidad que la acusación fue ineficiente y por esa razón no se podía “esperar que los resultados fueran eficientes”.
La togada en su momento dijo: “No se logra diferenciar siquiera dónde termina un tipo penal y dónde comienza otro. Si yo como juez en el ejercicio no lo comprendo qué posibilidad tienen los tres hermanos sindicados de entenderlos y poder defenderse”.
Para la jueza “no es justificable aceptar estos actos conclusivos deficientes y que violentan los derechos fundamentales”. “La función de los jueces debe ser custodiar el debido proceso”, aseguró Méndez.
Agregó: “En este caso, esto es lo que puede determinarse. En sus respectivas competencias a cada uno de los órganos del Estado, particularmente cuando vienen al caso el ejercicio del poder punitivo en un sistema democrático, es preciso extremar las precauciones para que las sanciones penales se adopten con estricto respeto a los derechos básicos de las personas”, aseveró.
Antecedentes
De acuerdo con la acusación del MP, Jairon Daniel Chamalé Elías fue quien le propuso a la niña que ingresara a la residencia donde, ante la presencia de sus hermanos Luis Ángel y Edwin Giovanni la viola.
El MP en la presentación de las pruebas detalló que Luis Ángel y Edwin Giovanni lejos de evitar que la niña siguiera siendo abusada por su hermano se masturbaban ante el acto que calificaron como “perversidad brutal” en contra de la humanidad de la niña.
Revela que luego de la violación, los tres optaron por desaparecer evidencia y decidieron asesinar a la pequeña, a quien estrangularon.
El MP detalla que la pequeña accedió a ingresar en el inmueble donde fue asesinada porque conocía a los agresores, ya que con algunos de ellos tiene parentesco por ser esposo de una tía y que los hechos habrían ocurrido entre las 12 y 14 horas de ese 1 de enero.
“Usted -Edwin Giovanni- en coparticipación con su hermano Luis Ángel se masturba mientras observan que su hermano Jairo Chamalé comete acceso carnal violento y con perversidad brutal en la humanidad de la niña (…) provocándole severas lesiones, situación que fue observada, realizada y consentida por su persona, posteriormente, usted y copartícipes luego de cometer actos contra la integridad física o sexual de la niña usted en coparticipación de sus hermanos Jairo Daniel Chamalé Elías y Luis Ángel Chamalé Elías con el objeto de asegurar su inmunidad o vinculación delictiva ejercen maniobras para causarle la muerte a la niña”, dijo ante el juez el MP.