Mencionan el principio de independencia judicial. Exponen que este principio constituye una garantía constitucional, sin injerencias de ningún tipo.
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Expresan que las partes procesales al no estar de acuerdo con las resoluciones judiciales, pueden pedir su revisión únicamente mediante medios de impugnación contemplados en la ley para cada uno de los procesos judiciales.
Esta reacción de los magistrados se produce en el contexto de varias resoluciones que han sido cuestionadas por el MP y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, debido a lo cual han interpuesto peticiones de antejuicio.
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También rechazaron la “mediatización” de los fallos, en los que señalan, se descalifica con ligereza el quehacer jurisdiccional, poniendo en grave riesgo la certeza juridica y la confianza ciudadana en el sistema justicia.
La asamblea señala que las conferencias de prensa – del MP y la Cicig – en las que se publiquen diligencias de investigación, son ilegales.